miércoles, 8 de julio de 2015

El ballotage porteño es una obligación constitucional - Perfil


más juegos de reflejos y sombras - Imperia 2014
Publicamos esta nota sobre la segunda vuelta porteña y la posibilidad de bajarse de los candidatos. Salió en Perfil, acá. Nuestra opinión es que no hay un derecho (individual /personal) a renunciar a un ballotage, salvo excepciones justificadas. 

No es una cuestión de decisión personal y la autoridad electoral no debe aceptar este tipo de renuncia a un ballotage.

Salirse de la competencia electoral es violar las reglas del juego democrático. Tanto perder como una estrategia electoral ajena/extraterritorial no es razón suficiente para no realizar la segunda vuelta.

Transcribimos, seguimos y salud!

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El ballotage porteño es una obligación constitucional 

Lucas Arrimada (*) 

| Los resultados de la última elección en la Ciudad de Buenos Aires abrieron conjeturas sobre la posibilidad de evitar una segunda vuelta |

Más allá de las especulaciones, conjeturas y presiones presentarse en la segunda vuelta es una obligación constitucional. Esto es así tanto en el marco de la Constitución Nacional como, puntualmente, en el caso de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (Art. 96).

No presentarse en el ballotage es ilegal e ilegítimo. Cualquiera sean las/os candidatos, la elección y el contexto, eso sería incumplir con la Constitución de la Ciudad y quitarle la posibilidad a la sociedad de elegir y de construir un gobierno con amplia legitimidad democrática.

Las presiones y conjeturas de cúpula van en contra de la Constitución de la Ciudad que regula la democracia porteña y su proceso electoral. La sociedad es la que debe expresar la voluntad popular, no las conveniencias ajenas a los vecinos de la Ciudad.

Antecedentes problemáticos y antidemocráticos.  Hay un par de contraejemplos gráficos: Méxem y Cavallo. Por un lado, en la elección presidencial de 2003 el triunfador de la primera vuelta, el Dr. Carlos S. Méxem decidió no presentarse en segunda vuelta alegando “posible fraude” y otras nunca probadas excusas. Por otro lado, lo mismo hizo Cavallo contra Ibarra en la Ciudad de Buenos Aires en el año 2000. Los relatos históricos atribuyen esas decisiones más al miedo a una derrota de dimensiones extremas que a posibles fraudes.

Ambas renuncias fueron inconstitucionales. Configuran un abuso ilegal y una falta de respeto republicana (en un contexto de debilidad institucional  en 2003). Se puede renunciar cuando hay razones de peso, no estrategias personales y miedo a la derrota.

En el caso de la elección presidencial del 2003, ciertos análisis sugieren, que el gran ganador de la primera vuelta (Méxem) quería evitar una derrota de magnitudes siderales y al mismo tiempo condicionar que el próximo gobierno (Kirchner) estuviese lo suficientemente debilitado para especular una nueva interrupción del gobierno democrático, en cercanías temporales a los famosos “5 presidentes en una semana” (sic) y a que el propio presidente provisional, el Dr. Duhalde, haya adelantado las elecciones por un contexto de gobierno inestable y crítico.

Conclusión: Todas las razones constitucionales, republicanas e históricas reafirman lo que ya sabemos de la democracia como forma de vida: Son las vecinas y vecinos porteños los que siempre deben tener la última palabra, en este caso, en la segunda vuelta.

(*) Lucas Arrimada es Profesor de “Derecho Constitucional” y “Estudios Críticos del Derecho” en la Facultad de Derecho, UBA.

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