jueves, 30 de octubre de 2014

Sobre títulos, analíticos y requisitos en Perfil


la solución es la tristeza, lo que no tiene es verdad - Buenos Aires 2014
En Perfil nos hicieron unas preguntas sobre los requisitos constitucionales para ser Presidente a partir de una controversia insustancial que todo conocemos. Las respondí acá y las copiamos a continuación.

¿Y qué importa si Cristina no muestra su título de abogada? 

La “discusión” que planteó el abogado constitucionalista Daniel Sabsay desde el coloquio de IDEA estaba saldada hace siete años. Cuando insinuó que la presidenta Cristina Fernández de Kirchner no tiene “el título de abogada”, tal vez no tuvo en cuenta que, en octubre de 2007, la Universidad Nacional de La Plata enterró la polémica: la actual jefa de Estado egresó y se recibió en 1979. 

El reclamo actual, convertido en hashtag de Twitter, es que CFK “muestre el título”. Voceros oficialistas como Aníbal Fernández y Jorge Capitanich salieron a decir que lo tiene, mientras Sabsay y Julio Strassera redoblaron la apuesta de proclamar lo contrario. Llama la atención que la presidenta, tan afín a las redes sociales, no haya mostrado el documento por esos medios. Pero, en definitiva: ¿Qué importa si Cristina no muestra el título?

La Constitución Nacional, en su artículo 89, dice: “Para ser elegido Presidente o vicepresidente de la Nación, se requiere haber nacido en el territorio argentino, o ser hijo de ciudadano nativo, habiendo nacido en país extranjero; y las demás calidades exigidas para ser elegido senador”. Los requisitos para ser senador son: “tener la edad de treinta años, haber sido seis años ciudadano de la Nación, disfrutar de una renta anual de dos mil pesos fuertes o de una entrada equivalente, y ser natural de la provincia que lo elija, o con dos años de residencia inmediata en ella". Hasta la reforma de 1994 era necesario profesar la fe católica, apostólica y romana. Nada se dice sobre tener el título de abogado o ejercer alguna profesión en particular.

Hay, sí, una especie de mandato o idea generalizada de que “los presidentes son abogados”. De los últimos 47 presidentes, sin contar mandatos separados, 22 fueron abogados y 18 militares. Sólo siete de ellos escapan a esas dos categorías: Ramón Puerta (Ingeniero Civil), Eduardo Camaño (Licenciado en Administración de Empresas), Estela Martínez de Perón (Ama de casa), Raúl Lastiri (Empleado), Héctor José Cámpora (Odontólogo), Arturo Illia (Médico) e Hipólito Yrigoyen (Hacendado).

¿Pero la obligación legal? No existe. "La constitución no exige una profesión para ejercer cargos públicos, salvo el de juez que sí requiere título de abogado", explica el abogado constitucionalista Gregorio Badeni en diálogo telefónico con Perfil.com. "No hay requisitos constitucionales de ser abogado para ser presidente”, coincide el también constitucionalista Lucas Arrimada, profesor de Derecho de la UBA. “Sería tan ridículo como discriminatorio que ese requisito exitiese. No estamos hablando de los Jueces de la Corte Suprema", agrega.

Si Cristina, y sus funcionarios, y la Universidad de La Plata, y el biógrafo de Néstor Kirchner estuvieran mintiendo y el título realmente no existiera, ¿cuál sería el delito? El artículo 247 del Código Penal prevé una pena de entre 15 días y un año de prisión a quien "ejerciere actos propios de una profesión para la que se requiere una habilitación especial, sin poseer el título o la autorización correspondiente”. También hay multas para quien "públicamente llevare insignias o distintivos de un cargo que no ejerciere o se arrogare grados académicos, títulos profesionales u honores que no le correspondieren".

¿Aplicaría esa pena a la presidenta si no tuviera título, por todas las veces que dijo ser abogada? "La figura penal ha caído en desuso, está derogada en la práctica", explica Badeni, y agrega "los abogados, a veces se hacen llamar doctores aunque no tengan el título puntual de doctor en leyes". Arrimada completa: "No se suele aplicar y es muy difícil encontrar casos donde  se persiga ese delito".

Badeni sostiene que si hubiera una mentira se atribuiría "no una falta penal sino una falta ética". "La única falla es mentir", agrega. ¿Importaría el supuesto caso de que haya mentido? ¿Anularía su mandato? Siete años después de la primera vez que Cristina se sentó en el Sillón de Rivadavia y a 407 días de que abandone la presidencia, parece haber temas más urgentes que esas hipótesis.

Facundo Falduto (*) De la redacción de Perfil.com.

2 comentarios:

  1. Una sola vez en mi vida escuché a un entrevistador tratar de doctor a un diputado nacional y que éste contestara: "No soy doctor, solo terminé el secundario"

    ResponderBorrar
    Respuestas
    1. Muy cierto. Cuando me presentan en una clase o donde sea, con que digan mi nombre bien, me quedo contento. Las pertenencias institucionales y los títulos van o vienen. Salud!

      Borrar