jueves, 23 de octubre de 2014

Cambiar la ley no es cambiar las prácticas: Sobre los límites del fetichismo legal


El martes escribimos estas notas luego del anuncio presidencial sobre el envío del nuevo Código Procesal Penal al Congreso. Estamos leyendo el proyecto que recién transcendió ayer. Hay muchas cosas positivas, hay otras discutibles y otras directamente problemáticas junto a ausencias notables. En esta nota publicamos tratamos de bajar el optimismo reformista, sobre todo en un Código que quiera transformar las prácticas de los operadores del derecho. Salió en Infobae, acá. Salud!

 un amanecer sin expedientes - Sur 2014
Cambiar la ley no es cambiar las prácticas: Sobre los límites del fetichismo legal en las reformas jurídicas

La Presidente anunció oficialmente algo que ya había adelantado al promulgar el nuevo Código Civil y Comercial: el envío de un proyecto de Código de Procedimiento Penal al Congreso de la Nación.
El Gobierno, de esta forma, impulsa la reforma y sanción de cuatro Códigos centrales para el ejercicio de los derechos de los argentinos. La actualización normativa y la incorporación de principios constitucionales y de derechos humanos resultan en sí mismo una buena noticia, más allá de las discusiones sobre las formas, los debates sociales necesarios y los desacuerdos políticos y jurídicos inevitables.
Por un lado, en enero de 2016 comenzará a regir el nuevo Código Civil y Comercial unificado que derogará los dos viejos Códigos, el Código Civil y el Código Comercial, hoy vigentes a través de dos cuerpos legales separados. Por otro lado, hay un buen proyecto de Código Penal -incluso con algunos puntos perfectibles y aristas complejas- que también deberá ser discutido razonable y profundamente en el Poder Legislativo. Sería prudente reducir el populismo penal y el oportunismo electoral a su expresión menos perjudicial. Junto al Código Procesal Penal de la Nación, serán cuatro Códigos los que se proyectan reformar integralmente.
Las reformas de los Códigos ofrecen razones para ser optimistas. Sin duda, la mayoría de los Códigos deben reformarse y los cambios se justifican constitucional y políticamente. El optimismo debe ser moderado, sin embargo. Muchas textos legales cambian pero pocos de esos cambios se traducen en cambios prácticos, reales, operativos, palpables. La ley es texto y práctica, es lo formal y lo real. A veces la práctica judicial del derecho se olvida, se desconecta, del texto.

Recurrentemente se cae en un fetiche de las reformas legales y/o penales, pensando que cambiar la letra de la ley genera un transformación real, fuera de lo formal. Ese fetichismo legal es típico en materia penal: aumentar penas “mágicamente” genera más seguridad. Lamentablemente, la realidad lo desmiente una y otra vez.
Así, la reforma constitucional de 1994 fracasó en casi todos sus objetivos explícitos. El presidencialismo no se atenuó y muchas de las instituciones incorporadas en 1994 tienen una debilidad estructural palmaria. Claramente, esa es la situación de la Defensoría del Pueblo, vacante hace años, y del siempre criticado Consejo de la Magistratura, el órgano de gobierno del Poder Judicial. Lo mismo puede pasar con las más hermosas leyes: pasan a ser poesía legal –en la gran mayoría de los casos, muy mala poesía legal- retórica del discurso del derecho, ausente en la práctica.
Pensar en las prácticas judiciales inquisitivas, obsoletas, formalistas, oscurantistas, dogmáticas, poco abiertas a la participación social, etc. del proceso penal es justamente encontrar las razones para impulsar la reforma. Pero también es encontrar las razones para entender que –sobre todo cómo y porqué- las reformas pasadas fueron parcial y/o totalmente neutralizadas por los actores que pretendían regular.
Reformar el juego sin reformar a los jugadores es frustrante. Tarde o temprano se deberá encarar nuevamente la discusión sobre cómo mejorar la calidad y eficiencia de los procesos de selección de Jueces, Defensores y Fiscales. Además, cabe agregar, una reforma en la esfera penal queda incompleta si no se proyecta políticas para el control democrático de la Policía y de un atroz Servicio Penitenciario. Si se quiere hacer algo por las injusticias en el sistema judicial, la inseguridad y la verdadera Justicia, más temprano que tarde se deberá encarar la reforma de las fuerzas de seguridad y la necesidad del control democrático de dichas fuerzas.
Cambiar las reglas de juego a veces no implica cambiar el juego. Los jugadores pueden acomodar sus viejas prácticas a nuevas reglas. Esto puede aplicarse a los procesos de adecuación de ciertos grupos económicos o a las reformas en el ámbito del proceso penal. Quizás lo más difícil es reformar las viejas y clásicas prácticas institucionales. Las viejas instituciones viven en las nuevas, los viejos actores condicionan a los nuevos.
Las reformas legislativas son necesarias y además jurídicamente pueden ser muy sólidas. Ahora, las transformaciones políticas y prácticas necesarias en los operadores de los sistemas judiciales requieren de un compromiso político, de recursos económicos y humanos más allá de las retóricas de la letra de la ley. Hechos, prácticas y recursos, no sólo palabras.-

4 comentarios:

  1. Que forma boba de oponerse a la reforma! Querido Lucas.

    Me extraña de vos que caigas en la oposición reaccionaria!

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    1. Estimada Laura, Gracias por el comentario. Ahora, debo preguntar dulcemente, leiste la nota? Apoyo la reforma en varios aspectos y la critico en otros (ahora que tengo el anteproyecto). Es un Código, eso quiere decir que es naturalmente complejo. NADIE que se considere más o menos serio puede decir "está todo perfecto". Es una norma sistémica, compleja, llena de aristas, palabras ambiguas, interpretaciones. En el derecho discutimos cada palabra, porque después vamos luchar o apoyarnos con ellas. Lo mismo pasa con Código Civil!

      Además, pasa esto que digo, se reforma el código y no cambia nada. Desde el derecho colonial tenemos un problema de seguir las reformas legales que nosotros impulsamos. El ejemplo de la Reforma de 1994, sus promesas, sus débiles instituciones es clarísimo.

      En fin, no todo es blanco y negro, más en normas complejas. Así apoyamos la ley de medios y criticamos su implementación, así tantas cosas. Finalmente, escribí la nota el Martes por la tarde. Salió el jueves por la mañana. No comento el fondo del Código porque no se había dado a conocer (se dio a conocer el Miércoles por la mañana/tarde).

      Sigamos y salud!


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    2. No te enojes, Lucas. No se si es tan asi eso de que siempre tenes que tener un comentario crítico sobre una reforma legislativa

      Para sacar una reforma tenes que reforzar los acuerdos que tenes, no enfatizar los desacuerdos!

      No empezar por ahi justo. Slds
      Laura

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    3. Laura,

      No me enojo, pero tenía que preguntar. Me parece soy bastante enfático en ver puntos de consenso pero sobre en los otros, en los de disensos tenemos que trabajar. Los consenso además, sobre palabras me encantan, pero después esas palabras se ejecutan de una forma que no consensuamos o no se ejecutan y ese es otro problema justamente que no solemos ver. Son palabras que se van ejecutar durante años y que quizás tiene procesos de veto informal, de neutralización. Entonces, primero discutamos los artículos pero sepamos que vienen a transformar prácticas y eso no es fácil en un sistema cerrado y hermético como el judicial, tan reticente al cambio institucional incluso cuando la CN cambió drásticamente.

      Entiendo que los políticos quieran enfatizar acuerdos (mientras sus opositores sólamente critican, boicotean, mil veces hablamos del problema del juego de suma cero en el presidenicialismo), pero eso no quiere decir negar los desacuerdos. Los desacuerdos se enfrentan, se liman, se argumentan, se disuelven en política y además los desacuerdos pueden cambiarse con el tiempo. Como sucedió con el matrimonio igualitario, antes con el movimiento de derechos humanos, puede pasar en todos los aspectos.

      Y sí, el Código puede ser bueno o mejor en general, pero no veo porqué, reconociendo eso, hay que aprobarlo sin más. Ya. Inmediatamente. Eso no lo entiendo en el Código Civil y no lo entiendo en general. No es una buena justificación.

      Además, Una ley para "100 años" no la podés sancionar en 100 minutos de discursos sin ningún debate.
      En fin, salud!

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