domingo, 15 de diciembre de 2013

Fuerza de Ley - Jacques Derrida de Kirby Dick y Amy Ziering Kofman


Usamos hace un tiempo en clase un fragmento del texto de Derrida "Fuerza de Ley" para comentar el breve cuento de Kafka "Ante la Ley" -conectado con el de "Bartleby" de Melville-  que publicáramos hace unos días, acá. Sobre todo nos llevó a este pasaje sobre los horizontes como infinitos y como límites a la visión, como apertura y clausúra de la percepción.

En torno a Derrida y esa idea de horizontes como límite de la visión y al mismo tiempo ese infinito romántico decíamos, discutíamos, que toda pretensión de "Justicia" en el poder judicial tiene el límite temporal y el estructural, y por qué no el temporal estructural, como principal obstáculo. Ese esperar, esas formas prudentes, protocolares que hacen que todo sea un proceso de pérdida de fuerzas, de muerte (como el campesino de Ante la Ley) o de renuncia a la acción en forma de pasiva resistencia y de muerte en vida, de omisiva locura (como hace el mismísimo Bartleby, acá ) lo discutíamos en una clase con operadores del derecho que además estudian para ser operadores calificados del derecho (estudiantes).

Después mencionamos el comienzo de la películas "Derrida" de Kirby Dick y Amy Ziering Kofman -que salió en 2002, dos años antes de la muerte del autor- que también habla de futuros y horizontes, de esperas y anuncios, de incertidumbres y certezas, de lo imprevisible y del mañana controlado. La película es muy buena aunque como el autor necesita de tiempo y paciencia para explorar, como tantas cosas. En este caso, una que vale la pena. Derrida habla de muchas cosas, en contexto de una simpleza bien europea -tomando café y untando mermelada a la tostada- en contraste a las academias de otras latitudes menos terrenales y más hollywodenses. En el Doc se habla del amor, de la deconstrucción, la madre, el perdón y la reconcialiación, los archivos y el futuro, la conexión Derrida con Jerry Seinfeld (!!), entre otros tantos temas.

Además, para colmo, la película tiene la música minimalista, jazz ambient, de Ryuki Sakamoto (acá) de los Morelemaum's. Muy recomendable!


plaza de las estatuas seductoras - Frankfurt 2011
El texto "Fuerza de Ley: el fundamento místico de la autoridad" se puede bajar de la Revista Doxa, gracias a la generosa base Cervantes Virtual, acá. (Link) Transcribimos un pasaje interesante que usamos en referencia a los tiempos de la justicia. Salud!

"Una de las razones por las que guardo aquí una reserva con respecto a todos los horizontes, por ejemplo con respecto a la idea reguladora kantiana o a la venida mesiánica, al menos en su interpretación convencional, es el hecho de que son precisamente horizontes. Como indica su nombre en griego, un horizonte es a la vez la apertura y el límite de la apertura que define un progreso infinito o una espera. 

Ahora bien, la justicia, por muy no-presentable[l] que sea, no espera. Para ser directo, simple y breve, diré lo siguiente: una decisión justa es necesaria siempre inmediatamente, enseguida, lo más rápido posible. La decisión no puede procurarse una información infinita y un saber sin límite acerca de las condiciones, las reglas o los imperativos hipotéticos que podrían justificarla. E incluso si se dispusiera de todo esto, incluso de todo el tiempo y los saberes necesarios al respecto, el momento de la decisión, en cuanto tal, lo que debe ser justo, debe ser siempre un momento finito, de urgencia y precipitación; no debe ser la consecuencia o el efecto de ese saber teórico o histórico, de esa reflexión o deliberación, dado que la decisión marca siempre la interrupción de la deliberación jurídico-, ético- o político-cognitiva que la precede y que debe precederla. El instante de la decisión es una locura, dice Kierkegaard. Es cierto, en particular con respecto al momento de la decisión justa que debe desgarrar el tiempo y desafiar las dialécticas. Es una locura. Una locura, ya que tal decisión es a la vez sobreactiva y padecida, encierra algo de pasivo, por no decir de inconsciente, como si el que decide fuera libre sólo si se dejara afectar por su propia decisión y como si ésta le viniera de otro. Las consecuencias de una heteronomía como ésta parecen tremendas pero sería injusto eludir su necesidad. Incluso si el tiempo y la prudencia, la paciencia del saber y el dominio de las condiciones fueran hipotéticamente ilimitados, la decisión sería estructuralmente finita, por muy tarde que llegara, decisión de urgencia y precipitación que actúa en la noche de un no-saber y de una no-regla. No en la ausencia de regla y de saber sino en una restitución de la regla que, por definición, no viene precedida de ningún saber y de ninguna garantía en cuanto tal. Si aceptásemos una distinción general y definitiva entre el realizativo y el constatativo -problema que no puedo tratar aquí-, la irreductibilidad de la urgencia precipitativa (la irreductibilidad esencial de la irreflexión y de la inconsciencia), por muy inteligente que fuera, debería ser puesta del lado de la estructura realizativa de los «actos de habla» y en general de los actos en tanto que actos de justicia o de derecho, ya sean realizativos instituyentes o realizativos derivados que implican convenciones anteriores. Un constatativo puede ser justo en el sentido de lo ajustado, pero nunca en el sentido de la justicia. Pero como un realizativo sólo puede ser justo -en el sentido de la justicia- cuando está fundado en convenciones, es decir, fundado en otros realizativos anteriores, enterrados o no, dicho realizativo conserva siempre en él cierta violencia irruptiva. No responde ya a las exigencias de la racionalidad teórica. Y nunca lo ha hecho, no ha podido hacerlo nunca, y de ello tenemos una certeza a priori y estructural. Al reposar todo enunciado constatativo sobre una estructura realizativa al menos implícita («te digo que yo te hablo, me dirijo a ti para decirte que esto es verdad, que es así, te prometo y te renuevo mi promesa de hacer una frase y de firmar lo que digo cuando yo digo que te digo o que intento decirte la verdad», etc.), la dimensión de lo ajustado o de verdad de los enunciados teórico-constatativos (en todos los dominios, en particular en el dominio de la teoría del derecho) presupone siempre, por tanto, la dimensión de justicia de los enunciados realizativos, es decir, su precipitación esencial. Dicha precipitación nunca tiene lugar sin una cierta disimetría y una cierta forma de violencia. Es así como me atrevería a entender la proposición de Levinas que -utilizando otro lenguaje, y según procedimientos discursivos diferentes- declara que «la verdad supone la justicia»[li]. Parodiando peligrosamente la lengua francesa, concluiría diciendo: «La Justice, il n’y a que ça de vrai»[lii]. Es inútil subrayar que esto no deja de tener consecuencias para el estatuto -si todavía podemos hablar de estatuto- de la verdad, de esta verdad de la que San Agustín dice que hay que «hacerla».

Paradójicamente, y a causa de este desbordamiento del realizativo, a causa de este avance siempre excesivo de la interpretación, a causa de esta urgencia y de esta precipitación estructurales de la justicia, ésta no tiene horizonte de espera (regulador o mesiánico). Pero, precisamente por eso, quizás[liii] tiene justamente un porvenir, un por-venir que habrá que distinguir rigurosamente del futuro. Este último pierde la apertura, la venida del otro (que viene) sin la cual no hay justicia; y el futuro puede siempre reproducir el presente, anunciarse o presentarse como un presente futuro en la forma modificada del presente. La justicia está por venir, tiene que venir, es por-venir, despliega la dimensión misma de acontecimientos[liv] que están irreductiblemente por venir. Lo tendrá siempre -este por-venir- y lo habrá tenido siempre. Quizás es por eso por lo que la justicia, en tanto que no es sólo un concepto jurídico o político, abre al porvenir la transformación, el cambio o la refundación del derecho y de la política. «Quizás», hay que decir siempre quizás para la justicia. Hay un porvenir para la justicia, y sólo hay justicia en la medida en que un acontecimiento (que como tal excede el cálculo, las reglas, los programas, las anticipaciones, etc.) es posible. 


La justicia, en tanto que experiencia de la alteridad absoluta, es no-presentable[lv], pero es la ocasión del acontecimiento y la condición de la historia. Una historia sin duda ignorable para aquellos que creen saber de lo que hablan cuando emplean esta palabra, ya se trate de historia social, ideológica, política, jurídica, etc. 

Este exceso de la justicia sobre el derecho y sobre el cálculo, este desbordamiento de lo no-presentable sobre lo determinable, no puede y no debe servir de coartada para no participar en las luchas jurídicopolíticas que tienen lugar en una institución o en un Estado, entre instituciones o entre Estados. Abandonada a ella misma, la idea incalculable y donadora de justicia está siempre lo más cerca del mal, por no decir de lo peor puesto que siempre puede ser reapropiada por el cálculo más perverso. Siempre es posible y esto forma parte de la locura de la que hablábamos. Una garantía absoluta contra este riesgo sólo puede saturar o suturar la apertura de la apelación a la justicia, una apelación siempre herida. Pero la justicia incalculable ordena calcular. Y, en primer lugar, calcular en lo más cercano de lo que se asocia a la justica, a saber, el derecho, el campo jurídico que no puede ser aislado dentro de fronteras seguras, pero también en todos aquellos campos de los que no podemos separar al derecho, que intervienen en él y que no son sólo campos: lo ético, lo político, lo económico, lo psicosociológico, lo filosófico, lo literario, etc. No sólo hay que calcular, negociar la relación entre lo calculable y lo incalculable, negociar sin reglas que no haya que reinventar precisamente ahí donde estamos «arrojados», ahí donde nos encontramos; sino que también hay que ir tan lejos como sea posible, más allá del lugar donde nos encontramos y más allá de las zonas identificables de la moral, de la política o del derecho, más allá de la distinción entre lo nacional y lo internacional, lo público y lo privado, etc. El orden de ese hay que no pertenece propiamente ni a la justicia ni al derecho. No pertenece a uno de los dos espacios más que desbordándolo hacia el otro. Lo que significa que estos dos órdenes son indisociables en su heterogeneidad misma: de hecho y de derecho. La politización, por ejemplo, es interminable, incluso si nunca puede ni debe ser total. Para que esto no sea una perogrullada o una trivialidad, es necesario reconocer la siguiente consecuencia: cada avance de la politización obliga a reconsiderar, es decir, a reinterpretar los fundamentos mismos del derecho tal y como habían sido calculados o delimitados previamente. Esto fue cierto en la Declaración de los Derechos del Hombre, en la abolición de la esclavitud, en todas las luchas emancipatorias que están y deberán estar en curso, en todo el mundo, para los hombres y para las mujeres. Nada me parece menos periclitado que el ideal emancipatorio clásico. No se puede intentar descalificarlo hoy, de manera grosera o sofisticada, sin al menos pecar de cierta ligereza además de convocar las peores complicidades. También es cierto que es necesario, sin que haya que renunciar a él sino al contrario, reelaborar el concepto de emancipación, de manumisión, o de liberación, teniendo en cuenta las extrañas estructuras que estamos describiendo en este momento. Pero más allá de estos territorios identificados de la jurídico-politización a gran escala geopolítica, más allá de todos los secuestros y requisiciones interesados, más allá de todas las reapropiaciones determinadas y particulares del derecho internacional, otras zonas tienen que abrirse constantemente, zonas que en un primer momento pueden parecer secundarias o marginales. Esta marginalidad significa que una violencia, por no decir un terrorismo y otras formas de toma de rehenes están presentes. Los ejemplos más próximos habría que buscarlos del lado de las leyes sobre la enseñanza y la práctica de las lenguas, la legitimación de los cánones, la utilización militar de la investigación científica, el aborto, la eutanasia, los problemas del trasplante de órganos, del nacimiento extrauterino, la bioingeniería, la experimentación médica, el «tratamiento social» del sida, las macropolíticas o micropolíticas de la droga, de los «sin techo», etc., sin olvidar por supuesto el tratamiento de lo que se llama vida animal, la enorme cuestión de la animalidad. Sobre este último problema, el texto de Benjamin que abordo a continuación muestra que su autor no hizo oídos sordos ni fue insensible a esta cuestión, incluso si sus propuestas al respecto siguen siendo oscuras o tradicionales."-

11 comentarios:

  1. Ayer participé del pre-estreno de una adaptación teatral de “La Metamorfosis” y "El Proceso, que verá la luz el año próximo. Mientras sucedía, especialmente la segunda, pensaba nuevamente en este texto de Derrida. Volví aquí para re-leerlo. Advertí, mientras veía la obra y ahora releyendo estos fragmentos, cómo la deconstrucción de lo que denominamos “justicia” (aunque lo entendamos como un valor), sigue siendo un ejercicio complejo y arduo, que nos obliga a estar en permanente atención con lo que le sucede al otro, tanto cuando somos el señor K, como cuando actuamos como operadores del poder judicial. Pensaba, cuánto tiene que ver con ese proceso de deconstrucción, las quince personas que estábamos ayer –calor mediante – asistiendo a un hecho artístico, llevándonos la inquietud de que algo de lo que ahí aconteció, nos genera molestia, nos incomoda, y nos interpela para pensar de qué modo ciertas prácticas que están “naturalizadas” dejen de estarlo. Al entrar hoy a Tribunales , mientras subía por el ascensor que deja ver los pisos de marmol tamizados por las puertas de rejas, algo de esa incomodidad volvió a recorrerme el pensamiento; temiendo estar tanto de un lado como del otro.-

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    1. Ehh! Muy interesante! Además, sería lindo leer crónicas de teatro sobre esos clásicos de Kafka.
      La literatura y el derecho, a su mejor luz, quizás tengan algo de sentido (cuando no son productos industriales) cuando genera esa sensación de incómoda reflexión.
      Es un señal vital, no sé, dicen.
      Salut!

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  2. Hola... Como va?
    Me colgué bastante leyendo ayer esta entrada del blog. En fin, curiosidad por haber presenciado las discusiones en el aula...
    Ahora, por qué Derrida dice (escribe) "...la justicia, por muy impresentable [no-presentable] que sea..."? A qué obedece esa no representabilidad de la justicia?
    Más enigmático (o no) aún, más arriba, el autor escribe: "Cada vez que las cosas suceden, o suceden como deben, cada vez que aplicamos tranquilamente una regla a su caso particular, a un ejemplo correctamente subsumido, según un juicio determinante, el derecho obtiene quizás –y en ocasiones- su ganancia, pero podemos estar seguros de que la justicia no obtiene la suya. El derecho no es la justicia. El derecho es el elemento del cálculo, y es justo que haya derecho; la justicia es incalculable, exige que se calcule con lo incalculable; y las experiencias aporéticas son experiencias tan improbables como necesarias de la justicia, es decir, momentos en que la decisión entre lo justo y lo injusto no está jamás asegurada por una regla."
    Cada vez que las cosas suceden como deben, el derecho obtiene su ganancia, pero no la justicia. Porque, parece, la justicia sería una experiencia; más aún, sería experiencia de la aporía, "experiencia de lo imposible". Si es así, el orden de lo justo sería, tal vez y por definición, ajeno a cualquier pregunta sobre estructura, tiempos y avatares del poder judicial. Digo.

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    1. Digo. De pronto, me parece que coincido. Entonces cómo hacemos para traducir "lo justo" institucionalmente? a través de la democracia? de la acción comunicativa horizontal?
      Ejem...

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    2. Ajá. Lo "justo" institucional me suena a labor para el Estado, cuestión de funcionarios y despachos (ontologicamente hablando, por supuesto).
      Cuestión de utilidades, de administración. Supervivencia de un determinado "coso".

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    3. Lamentablemente esa es una vía. Y quizás es una de las pocas. No soy un "devoto" de las instituciones, las vivo criticando porque generan muchos vicios, pero también generan patrones de estabilidad de un sistema. Podemos entrar en el juego de querer mejorarlos. Esa esa la vía institucional...

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    4. Todo esto obviando que para promover esa "respuesta" hay que evitar presentarlo como "coso institucional".

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  3. Intento, de nuevo, dejar un comentario (me está costando horrores, así que si aparecen varios, son el mismo con variaciones)...
    Me colgué ayer leyendo esta entrada del blog... Cómo es lo de "...la justicia, por muy no-presentable que sea..."? Qué es no-presentabilidad? A qué alude? Qué es del orden de la justicia? Lo es aquello que se relaciona con la estructura, tiempo y otros avatares del Poder Judicial? O eso a lo que alude el acto justo es, precisamente, ajeno a ese campo?
    Experiencia de la aporía, experiencia de lo imposible, escribe Derrida un poco antes en ese mismo texto.
    Dice Deleuze en "Logica del sentido": "Las paradojas sólo son pasatiempos cuando se las considera iniciativas del pensamiento; pero no cuando se las considera como «la Pasión del pensamiento» que descubre lo que sólo puede ser pensado, lo que sólo puede ser hablado, que es también lo inefable y lo impensable, Vacío mental, Aión."
    Las paradojas de la justicia como iniciativa del pensamiento o como el pensamiento en su mismo desarrollarse, como pathos?

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    1. I. La canción nunca es la misma.
      II. El problema de las preguntas esencialistas (Qué es) mejor evitarlas... para no entrar en los laberintos imposibles de salir.
      III. Gusta lo que dice Deleuze, aunque no lo tenga muy leído como obra, como autor. Tiene un "aire de familia", ejem, con alguien que Deleuze odiaba (ya hablaremos de eso) y estoy hablando del primer Wittgenstein. Sobre todo con eso de "marcar el límite de lo decible e indecible, lo pensable y lo impensable". Quizás es azar, quizás no.

      Salut y sigamos!

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    2. I. y II. Y, sin embargo, algo (lo mismo), insiste, persiste. Descreemos de la novedad, de lo original.
      Preguntas esencialistas y los laberintos insolubles... Bueno, entonces sigamos por las líneas rectas que trazan un camino.
      Otra vez me vienen a la cabeza funcionarios y administradores. Ando mal...
      III. Puede ser... Aunque el primer W. me parece más místico que otra cosa. Tal vez lo peor que le pasó a la filosofía (así era la frase, no?) hayan sido solamente los lectores parciales del primer W.

      Juan

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    3. I. y II. 1/2 No pienses en funcionarios y administradores. Porque estos "funcionan" diferente en diferentes contextos, incluso con los mismos incentivos. O sea, las mismas instituciones tienen diferentes vicios en diferentes contextos, producto de las mismas reglas. Y al mismo tiempo no es que tenemos infinitas posibilidades institucionales sino un número limitado de posibilidades, en todos lados. (Siempre estuve a favor del cambio institucional y la exploración, experimentar pero me doy cuenta que todos lados, se refuerza el lugar común, en vez de la innovación, usualmente la innovación es un marketing de las oxidadas instituciones, véase el control de constitucionalidad y todas sus nuevas teorías que pretenden sacar las telas de araña de viejos conceptos. O sea, sigamos discutiendo eso).

      III. Lo que pasa es que si un Wittgensteniano hablase, no lo entenderíamos (!?). Fuera de broma, me parece que tenés de todos los gustos. Recomiendo el libro de Narváez Mora sobre Wittgenstein y la teoría del derecho.

      Salut!

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