domingo, 30 de junio de 2013

Oferta de Cursos: Derecho Constitucional Profundizado y Estudios Críticos del Derecho


democracias gasificadas, sifones críticos, constituciones de vidrio - Baires 2012
Llegaron las inscripciones para segundo cuatrimestre y luego del receso de Julio seguimos el año con los cursos que ofrecimos en el CPO (más allá de los cursos regulares del CPC): el flamante Derecho Constitucional Profundizado (0250) -que en la actualidad, en el programa 2004, es equivalente a Derecho Constitucional Profundizado y Procesal Constitucional- los días Miércoles de 15:30 hs a 18:30 hs

Además, por supuesto, como siempre daremos el curso de Estudios Críticos del Derecho de 20:00 a 21:30 hs (horario guerrero si los hay) los Lunes y Jueves. El año próximo intentaremos un enroque de horarios.

Entonces, repasamos y aclaramos, en el CPO son:

Derecho Constitucional Profundizado (250) Miércoles de 15:30 a 18:30 hs. Departamento de Derecho Público 
Estudios Críticos del Derecho (0872) Lunes y Jueves de 20:00 hs a 21:30 hs. Departamento de Filosofía del Derecho.

Aclaraciones (innecesarias): El curso de Estudios Críticos de Derecho siempre tuvo el código 300 pero ahora cambió de Código a 872. En el Corte de Puntos dice que el curso 872 está cerrado (pero es el curso anterior que al cerrarse, se asigna a otra curso por raros procesos misteriosos). Además está en la Oferta. Si está en la Oferta se pueden anotar evidentemente.

Eso es todo. Difúndase y publíquese, sarasa sarasa, etc. Se agradecerá! Éxitos en las inscripciones para todxs y salú!

viernes, 28 de junio de 2013

Concurso de Ponencias sobre Ejecución Penal 2013


penales de ejecución concursal y exponencial - Baires 2008 
Concurso de Ponencias sobre Ejecución Penal 2013 

El Centro de Estudios de Ejecución Penal invita a participar en el “I Concurso de Ponencias sobre Ejecución Penal” que se ha resuelto convocar con motivo del “I Congreso Internacional de Ejecución Penal” que se desarrollará en el Aula Magna de la Facultad de Derecho los días 28, 29 y 30 de agosto de 2013. 

Podrán participar estudiantes y graduados de todas las universidades del país, el objetivo será el de incentivar el estudio, la investigación y publicación en el ámbito del Derecho Penal relacionado con la ejecución de la pena, en pos de contribuir a la excelencia académica. El jurado del Concurso estará integrado por destacados juristas especialmente convocados al efecto con reconocido conocimiento en Derecho Penal. La organización, diseño, lanzamiento, difusión y bases quedan a cargo de las autoridades del Centro de Estudios de Ejecución Penal. 

Bases del concurso: 1) Presentación de Ponencias: Se podrá presentar una ponencia por autor, debiendo adecuarse a los tiempos y formas previstos en el presente reglamento. Si bien se prevé una etapa escrita (presentación de la Ponencia en tiempo y forma) y una fase oral optativa (exposición en la respectiva comisión del Congreso Internacional de Ejecución Penal), solo la primera fase será evaluada a los fines de determinar los ganadores del concurso. 

2) Temario: Las Ponencias podrán versar sobre cualquier tema de Derecho Penal o Criminología relacionada con la ejecución de la pena. Prestando especial consideración a los siguientes ejes: - Niños y adolescentes en prisión. - Mujeres en prisión. - Informes criminológicos. - Políticas sociales de inserción para personas liberadas. - Trabajo penitenciario. - Sanciones Disciplinarias a internos. - Políticas Penitenciarias. 

3) Participantes: Podrán presentar sus trabajos para el Concurso de Ponencias y exponerlos de modo oral en la respectiva comisión del Congreso Internacional de Ejecución Penal todos aquellos estudiantes y graduados de todas las universidades del país y el exterior, de toda carrera universitaria relacionada con el derecho penal y la ejecución de la pena. A tales efectos se le podrá requerir el participante la presentación de documentación que acredite dicha condición. 

4) Requisitos de la Ponencia: El trabajo deberá ser presentado en forma escrita, deberá ser inédito, tener un mínimo de 8 (ocho) y un máximo de 20 (veinte) carillas, en formato A4, a doble espacio, simple faz, tipo de letra Times New Roman en cuerpo 12. Al principio del trabajo debe redactarse un abstract o resumen muy breve del trabajo (diez renglones como máximo). 

5) Requisitos de presentación: A los efectos de mantener la privacidad del autor y garantizar la imparcialidad del concurso: El trabajo deberá ser enviado vía mail a concurso.ceep@gmail.com en el asunto del mail se deberá indicar “CONCURSO DE PONENCIAS” y en el texto del Mail se deberá indicar NOMBRE, APELLIDO, DNI y un SEUDONIMO a elección del autor, que servirá de identificación. El trabajo será firmado justo debajo de su titulo con el seudónimo elegido. El no cumplimiento de alguno de estos requisitos significará la automática descalificación del concursante. 

6) Plazo de entrega: Los trabajos deberán ser entregados vía mail hasta el día 1 de agosto de 2013 inclusive. No se aceptarán trabajos entregados fuera de término bajo ningún concepto. El Centro de Estudios de Ejecución Penal se reserva el derecho de ampliar las fechas previstas en el presente reglamento y/o declarar desierto el concurso. 

7) Jurado: Estará integrado por tres juristas con reconocido conocimiento y experiencia en la materia, designados por las autoridades del Centro de Estudios de Ejecución Penal, quienes evaluaran los trabajos que fueran presentados en tiempo y forma. 

8) Decisión: La decisión del Jurado será final e inapelable. Cada uno de los jueces puntuara acorde a su criterio al trabajo en cuestión, en una escala del 1 al 10. A tal fin se establecerán dos categorías, a saber, “estudiantes” y “graduados”. Los dos trabajos con mayor puntaje global serán los ganadores. En su valoración se tendrá en cuenta: la relación del trabajo con la materia, la correspondencia entre el titulo y el desarrollo del trabajo, la forma y organización del texto, la relevancia actual, entre otros. 

9) Notificación y publicación: Los participantes que resulten seleccionados serán notificados en forma fehaciente por el Centro de Estudios de Ejecución Penal (CEEP). Los autores ceden de manera irrevocable todos los derechos de cualquier tipo que pudieran derivarse de la obra. Asimismo, los autores se responsabilizan por los reclamos de cualquier naturaleza que terceros pudieran efectuar respecto de su originalidad o cualquier otra causa sobre el texto presentado, y aceptan su publicación, tanto en su formato en papel, como en su versión electrónica. 

10) Premios: Los dos mejores ensayos de cada categoría recibirán importantes premios. 

11) Ponencias: Todos los concursantes tendrán la posibilidad de exponer de modo oral su trabajo en la correspondiente comisión del “Congreso Internacional de Ejecución Penal”, siempre que estos se relacionen con los temas expresamente previstos en el punto 1) del presente reglamento. Fecha limite para el envío de ensayos: 1 de Agosto de 2013. Publicación de la decisión final del jurado: 25 de Agosto de 2013 Entrega de Premios: Durante el cierre del “ Congreso Internacional de Ejecución Penal” el viernes 30 de agosto de 2013. 

Consultas a: concurso.ceep@gmail.com

miércoles, 26 de junio de 2013

Investigar en Derecho : Becas de Doctorado y PostDoctorado de CONICET


investigar es trabajar, abogar es investigar, trabajar es abogar - Buenos Aires 2010
Para todas y todos los interesados en comenzar una carrera de investigación después de recibir el título acá está la información de las Becas del CONICET para Doctorado (Tipo I y Tipo II) y PostDoctorado. Sin duda, como dice esta web del Ministerio de Ciencia y Técnica las becas más importantes que se otorgan e en el país para realizar estudios de posgrado y doctorado en especial.

Las fechas de presentación varían según el tipo de Beca y el apellido (según mis experiencias de varios años atrás):

Becas de Postgrado Tipo I (doctorado): 19 de julio  
Becas de Postgrado Tipo II (culminación): 12 de julio 
Becas de Postdoctorado: 26 de julio

Más información se transcribe como introducción el índice explicativo del Ministerio y no dejar de consultar la página oficial del CONICET, acá. Se recomienda mucha paciencia para introducirse en el mundo del SIGEVA y el papeleo propio de una miembro del mundo científico.

Importante destacar para las/os jóvenes estudiantes y egresadxs, especialmente a lxs de Derecho, que Investigar es una de las actividades laborales dentro de las amplias posibilidades de una carrera como Derecho/Abogacía. El Derecho es una ciencia social, eso implica que su estudio debería estar vinculado a actividades de investigación propias de las ciencias y sus métodos y por lo tanto muy lejos de lo que se llama "Ciencia Jurídica" que no suele diferenciar al Derecho de su mera práctica -como abogadxs o en la actividad Judicial-, por eso es importante esta oportunidad para entrar a una institución de investigación fuera de los espacios regulares de la práctica profesional del derecho.

Éxitos y salud!

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BECAS DE DOCTORADO TIPO I (CONICET) 

Las becas del CONICET son las más importantes del país, otorgando cerca de 1500 becas por año. La convocatoria se abre hacia mediados de año y se debe proponer un tema de investigación bajo la tutela de un director. Uno puede presentarse a la beca debiendo hasta 5 materias de la carrera de grado con el compromiso de estar recibido en abril del año siguiente cuando se inicie la beca. La beca tipo I tiene una duración de tres años. Para completar el doctorado uno se puede presentar a una beca Tipo II que tiene una duración de dos años. La edad limite para presentarse es de 30 años. Nota: la presentación a la beca es independiente de la inscripción al doctorado (es necesario realizar ambas presentaciones por separado). 

REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR EL POSTULANTE 

Tener hasta 30 años de edad. Estar graduado o no adeudar más de 5 materias de la carrera de grado (la tesis se considera una materia). Como caso exepcional en la convocatoria 2011 se podrán adeudar hasta 7 materias. El doctorado en el que se postula el candidato esté acreditado o en vías de acreditación ante CONEAU. no haber tenido como graduado otras becas doctorales. El lugar de trabajo del postulante y alguno de los directores debe ser el mismo. 

REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR EL DIRECTOR 

Los directores y/o codirectores de beca propuestos podrán revistar en cualquiera de las categorías de investigadores del CONICET. De pertenecer a otra institución deberán contar con formación equivalente y con antecedentes calificados para realizar investigaciones en la disciplina o área temática de la cual se trate. Los investigadores de CONICET que revisten en la categoría Asistente podrán actuar como directores y/o codirectores de becarios en la medida en que cuenten con el aval de sus respectivos directores. El director de beca propuesto deberá tener a su cargo un máximo de tres becarios internos de Postgrado Tipo I y/o Doctorales del CONICET en forma simultánea.

EVALUACIÓN

La realiza una comisión asesora designada por el CONICET. Se evalúan y se otorga puntos por (para una información más detallada ver las bases oficiales): Antecedentes del postulante (60 puntos): Hasta 50 puntos por promedio en el grado. Hasta 10 puntos por antecedentes en docencia e investigación (publicaciones, participación en proyectos, presentaciones en congresos, etc.) Antecedentes del director (20 puntos): Hasta 10 puntos para el director Hasta 10 puntos para el lugar de trabajo (se evalua si cumple las condiciones para llevar a cabo la investigación pensando fundamentalmente en los proyectos de exactas que necistan laboratorios equipados) Plan de trabajo (20 puntos)

DOCENCIA La beca es compatible únicamente con un cargo docente de dedicación simple.

DURACIÓN Las becas de Doctorado tienen una duración de 3 años. Luego uno puede presentarse a las becas Tipo II (culminación de doctorado) que tienen una duración de dos años.

martes, 25 de junio de 2013

Cadenas de la violencia, pobrezas de la mirada : María Fernanda Berti y Javier Auyero (Tatián / Toer)


tizas negras, recreos de violencia - Santa Rosa 2010
Ayer salió esta gran entrevista a M. Fernanda Berti y  Javier Auyero sobre su más reciente libro en torno a las formas de la violencia (institucional y no institucional) en las comunidades pobres del conurbano bonaerense, acá en Página 12. 

Tiene grandes pasajes como esta: "Normalmente, en un cuerpo social empobrecido se puede entender a la violencia como retribución. El me insultó y como respuesta vos me defendés y le pegás. El ojo por ojo. Ese tipo de violencia está en Arquitecto Tucci (por pedido de los autores, el nombre real del barrio fue modificado), pero no siempre la interconexión es lineal. ¿Qué pasa cuando vos no me pagaste los tres porros, entonces voy y te pego adentro de tu casa, y después te pega tu mamá por no haber pagado y el segundo marido de tu mamá le pega a ella porque vos, para tomar droga, le vendiste el televisor? Se generan una serie de acciones que se conectan unas con otras. La idea de cadena es producto de un análisis feminista, si se quiere: no estamos valorizando una violencia sobre la otra. Cuando le queman el rancho a un tipo en respuesta a un intento de violación no estamos diciendo que la violencia colectiva es a la que hay que prestarle atención y a la otra no. No creo que estemos diciendo nada demasiado novedoso, pero sí estudiándolo de una manera que no se hizo antes. Se habla muchas veces de la copresencia de muchas violencias en los barrios relegados: hay violencia estatal, de drogas, sexual. Pero nunca se las planteó de manera encadenada. Todas esas violencias se conectan unas con otras y llegan hacia el final del libro a conectarse con lo que hace el Estado. Tenemos que dejar de pensarlas por separado. Se trata de armar un rompecabezas."

Además tiene un gran frase de Javier Auyero, autor del libro "La política de los pobres", gran libro sobre el clientelismo que dice: "Hace diez años escribí un libro sobre clientelismo que se sigue leyendo mal".

PD: Hoy pueden pegarle una leída a esta nota de Diego Tatián en P12 sobre la Reforma de 1918, acá y a esta nota de Mario Toer sobre Brasil, acá. Salud!

lunes, 24 de junio de 2013

Consejo de la Magistratura y Derecho Comparado: El caso español


plumas y lunas - Buenos Aires 2009
Nos consultaron desde Chequeado por una cita de el Ministro de Justicia Julio Alak sobre el Consejo de la Magistratura Español (Consejo General del  Poder Judicial) en su influencia para proyectar la reciente reforma del Consejo de la Magistratura, también recientemente declarada inconstitucional la Corte Suprema, acá. Ese trabajo de Matías Di Santi y Laura Zommer salió ayer también en el diario La Nación, acá. 

Estamos junto a un par de colegas españoles y con Don Gustavo Arballo en el chequeo. Transcribimos lo que pensamos al respecto. Gracias y salú!

"El Derecho Comparado es en general una fuente accesoria para interpretar y poner en contexto argumentos, textos, artículos, ya presentes en la Constitución. No es una fuente principal. Lo que no estableció el texto de la Constitución, lo desarrolla el legislador en el marco de las interpretaciones razonables. Lo que no es aconsejable es pensar al Derecho Comparado como una norma externa y superior a la Constitución para validar una postura política. Como estrategia de interpretación constitucional es útil pero no concluyente, tiene relevancia pero no define una discusión política ni da una respuesta final sobre lo que la Constitución establece." 

"La composición (del CGPJ español) es cualitativamente diferente porque es notablemente más política, pero es mayoritariamente judicial. Eso es algo paradójico: es más estamental, tiene una mayoría de representantes del Poder Judicial (12 miembros, 6 Jueces elegidos por cada cámara) pero es más política porque la elección de los jueces y los abogados es realizada en el Congreso producto de acuerdos o mayorías partidarias de acuerdo a la situación de cada Cámara".-

miércoles, 19 de junio de 2013

Dura Lex, Sed Lex : Sed de saber, sed de derecho


Para el fin de semana largo, en esta tarde fría de miércoles, les dejo una pequeña anécdota registrada por la gente de "La UBA anda diciendo". La comenté en las esferas virtuales y se expandió hasta llegar a convertirse en este particular cartel que me hicieron llegar los amicis Julián F. y María Elena L. Gracias! 

La anécdota es cierta y relativamente reciente, por lo que es fiel a los "hechos históricos". Lo único es que el alumnx mencionó la frase en un examen oral sin mucha conexión con el tema que estaba hablando:  conflictos, tensiones entre constitucionalismo y democracia, primer y gran bolilla de nuestro programa de Elementos de Derecho Constitucional. Por eso pregunté inmediatamente, con cara de asombro, en vivo y en directo, si sabía qué quería decir. No era un examen escrito. Lo aclaro porque todos los que pasaron por nuestras aulas saben que no tomo escritos en parciales y han sufrido que los exámenes orales son mi única y preferida modalidad. PD: No pregunten si aprobó o no nuestro querido y anónimo alumnx. Salú!!

viernes, 14 de junio de 2013

Atención egológicos patagónicos y viajeros: Seminario Carlos Cossio


Don Jorge DP nos envía el programa del Seminario de Filosofía del Derecho "El Legado filosófico de Carlos Cossio" que comienza mañana en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad de la Patagonia! Felicitaciones para la AAFD y los organizadores locales!



Salú para Puerto Madryn y lxs amigxs patagónicos!

jueves, 13 de junio de 2013

Cine / Derecho / Literatura - El Proceso: Kafka / Orson Welles


El castillo urbano - NY 2012
En el fin del curso de Estudios Críticos del Derecho tomamos un par de películas (acá) para repasar varios autores a partir clásicos del séptimo arte. Tomamos a Akira Kurosawa (y revisitamos Wittgenstein o Marí), Norman Jewison (y volvimos a Galanter o Kennedy), Raymundo Gleyzer (y releemos a Simone Weil o W. Benjamin), Lars Von Trier (y retomar un poco a Habermas y a Schmitt quizás) y alguna de las diferentes versiones por las que se llevó la novela "El Proceso" de Kafka a la gran pantalla. Mi versión preferida es la de Orson Welles de 1962 con el gran Anthony Perkins -actor de la famosa y hitchcockiana "Psicosis" de 1960-.

Los temas que discutiría únicamente con esta película podrían ser (en un orden totalmente arbitrario):
- Codificación y certidumbres de la ley escrita, (Wittgenstein, Kennedy, Marí)
- Conectado con eso, también podríamos ver Lenguaje y Derecho (también en Kurosawa y específicamente con Wittgenstein).
- Garantías Constitucionales del Proceso Penal,
- Irracionalidad y Derecho,
- Ética Profesional y Alegatos de Oreja -Escena del Pintor- (también se puede ver con And justice for all),
- Relación Abogado/Legos, Abogados/Sociedad o Comunidad Legal/Sociedad,
- Imágenes del Poder Judicial,
- Acceso a la Justicia,
- Y seguro algunos más que ahora se me escapan y vendrán más tarde.


Dejamos esta versión. Lamentablemente está doblada y no subtitulada. Esperemos que el espíritu de Franz Kafka, Max Brod o el mismísimo Orson Welles nos perdonen por ello! Salud! (OP: 06-27-12)

lunes, 10 de junio de 2013

Apoyamos! Profesores/as de Derecho apoyan Asamblea Constituyente en Chile


Nos llegó esta información -gracias a LVM- de la gran iniciativa para convocar a una Asamblea Constituyente en Chile con el objetivo de reformar la Constitución de 1980.

Resalta esta carta firmada por una gran lista de más de cien Profesores/as de Derecho apoyando la reforma y al movimiento social detrás. Este proceso es impulsado por una parte de la sociedad chilena y diversos movimientos políticos, estudiantiles y sociales. Se puede ver por acá, entre ellos mucha gente conocida, admirada y amiga. Más información se adjunta y se puede encontrar en el sitio http://marcatuvoto.cl/

Salud, fuerza y más felicitaciones por la iniciativa!! 


MÁS DE CIEN PROFESORES DE DERECHO DE TODO EL PAÍS SE SUMAN A “MARCA TU VOTO” Y EN CARTA ABIERTA APOYAN PROPUESTA DE UNA ASAMBLEA CONSTITUYENTE


Publicado el 9 junio, 2013

“Chile tiene la madurez suficiente para llevar a cabo este procedimiento con sensatez y mesura”

Más de un centenar de profesores de derecho, de universidades públicas y privadas del país, que se declaran de “distintas visiones políticas y opciones electorales”, suscribieron una carta (publicada hoy en el Cuerpo D de El Mercurio) en la que formulan un llamado a la ciudadanía a marcar “AC” en el voto en las próximas elecciones presidenciales de noviembre, precisando que “quienes aquí firmamos creemos que una Constitución debe consistir en una decisión colectivamente tomada por el pueblo…”.

Los abogados docentes de dieciocho universidades del país plantean que “el proyecto político de modificar paulatinamente y parcialmente la Constitución ha dado todo lo que puede dar. Esta Constitución – la más reformada en la historia de Chile- sigue siendo incapaz de ofrecer respuestas satisfactorias a los problemas de nuestra sociedad y ha paralizado al sistema político”, y en sentido consideran que “Chile tiene la madurez suficiente para llevar a cabo este procedimiento con sensatez y mesura”.

Asimismo el texto suscrito señala que “La Asamblea Constituyente es el procedimiento y el mecanismo idóneo para ello. Ella permite que nos sentemos todos, cada uno desde sus distintas visiones de lo bueno y lo justo, a repensar lo político, a desarrollar un proyecto inclusivo y pluralista”.


El docente de la Universidad Diego Portales, Alberto Coddou, quien además es miembro de “Marca Tu Voto” señaló que “nosotros como iniciativa ciudadana, transversal y diversa recibimos este apoyo de más de cien abogados de todo el país como un gran respaldo a lo que hemos venido haciendo. Los argumentos que están expresados en esta carta son contundentes en cuanto a la necesidad de cambiar la Constitución y hacerlo en Asamblea Constituyente porque es justo y estamos preparados como país para dar ese paso”.

Los abogados firmantes del documento, junto con apoyar la campaña @marcatuvoto, llaman a la ciudadanía a marcar la papeleta con “AC” en las elecciones presidenciales y señalan claramente, en su calidad de docentes expertos, que esta acción no anula el voto, según señala la ley 18.700 y lo ha confirmado recientemente el SERVEL.

Iván Couso, uno de los voceros de “Marca Tu Voto” sostuvo que “estamos sumando voluntades en esta campaña ciudadana y gente de mundos muy distintos han adherido y que un centenar de abogados que son expertos en estas materias nos respalden en nuestros planteamientos indica que estamos en el camino correcto y esto esperamos tenga una lectura adecuada en los comandos presidenciales porque de quién sea electo Presidente de la República dependerá el futuro de la Constitución que Chile tendrá”.

Finalmente, Couso, recordó que “por estos días estamos interesados en conversar con todos los candidatos presidenciales, hemos hecho llegar una invitación a todos los comandos, porque de la misma manera en que más de cien abogados suscriben nuestras ideas, hay millones de chilenos cansados de la Constitución que tenemos y merecen saber qué piensan los postulantes a La Moneda de una Nueva Constitución y una Asamblea Constituyente”.-

domingo, 9 de junio de 2013

Michel Foucault par lui-meme / Michel Foucault por sí mismo : Un documental de Philippe Calderon 2003


Hace un tiempo había encontrado el documental "Michel Foucault par lui-meme" -Michel Foucault por sí mismo, en español- de Phillippe Calderón de 2003. Nunca había tenido ni tiempo ni un buena oportunidad de verlo con subtítulos en español y con la debida paciencia que se merecía. En una hora y veinte minutos, se pueden repasar -o descubrir- varias famosas entrevistas, muchas fotos desconocidas y algunos audios de conferencias, charlas, apariciones en televisión o radio. Es también siempre una experiencia muy musical escuchar esa sonoridad del francés de Foucault que permite completar -con una voz- una "imagen" del autor, detrás del autor. El documental tiene un relato en off digno, soportable para las generales de la ley de su género, sobre todo cuando se concentran en intelectuales reconocidos. 

vigilar y relajar, transpirar y castigar - Neuquén 2013
Algunas de las reuniones, charlas, que hay en el comienzo fueron mientras Foucault estaba en Berkeley, específicamente en la Universidad de California, Berkeley, con uno de los grandes profesores de la Escuela de Filosofía de Berkeley, uno de los mayores promotores en Estados Unidos, Hubert Dreyfus. También, aunque no aparecen en este documental, conocerá y entrará en contacto con otros profesores como Bersani, Rabinow y -la por ese entonces profesora de retórica en UC Berkeley- una mucho más joven Judith Butler.  

Tiene unos pasajes muy interesantes sobre la relación policía, justicia, juez, el proceso judicial y el acusado (minutos 27:00 aprox) relatados por el propio Foucault. Después entra en el más clásico análisis de la cárcel por supuesto, que aunque conocido, poco original, bien vale la pena de todas formas ver. Muy recomendable. No se lo pierdan. Vale la pena. Ahora sí, sigamos y salúd!

Revista Telaraña: Julio Maier, Alberto Bovino, Mauro Benente, Marisa Herrera y cia



Felicitaciones a la gente de La Mella en Derecho y Traductorado UBA que comenzó a publicar Telaraña, Revista de debate jurídico-político. 

En este primer flamante número con todos eminencias profesoriles como Julio Maier, Marisa Herrera, Alberto Bovino, Gabriel Anitua, el gran Mauro Benente y Luis Campos, entre otrxs.

Como la frutilla del postre, en este caso de la tapa de la revista, cedimos una de nuestras fotos, sin duda favorita, publicadas por partes, acá, acá y acá muy afín a nuestros artículos sobre Democratización de la Justicia -ups Poder Judicial-, entre otros espacios.

Esperamos nuestros ejemplares! Más felicitaciones y salud!

jueves, 6 de junio de 2013

Nueva revista de Teoría del Derecho - Universidad de Palermo



Felicitaciones al equipo Agustina RM y Joaquín M y Fabio PO!

"Lanzamiento y convocatoria para presentar artículos en la Revista de Teoría del Derecho

La Universidad de Palermo lanza la Revista de Teoría del Derecho e invita a presentar artículos inéditos en teoría general del derecho y teoría de las ramas del derecho, que aborden problemáticas relacionadas con la teoría analítica y normativa del derecho y sus ramas y el análisis político, económico o sociológico de las doctrinas e instituciones jurídicas.

Los artículos deben ser enviados antes del 20 de agosto a revistateoríadelderecho@palermo.edu

La revista publica trabajos de académicas/os, profesionales y estudiantes en formatos que incluyen artículos de investigación, de reflexión, ensayos, comentarios sobre decisiones judiciales y reseñas bibliográficas.

La Revista de Teoría del Derecho se organiza en base a un sistema de referato doble ciego para decidir sobre la calidad académica, la corrección de las citas y originalidad de las ideas planteadas por los autores en los artículos enviados para su publicación.

Las normas de publicación para la presentación de artículos e información adicional están disponibles haciendo click aquí. Para mayor información sobre la revista hacer click aquí.-"
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martes, 4 de junio de 2013

Becas para finalización de maestría y doctorado: Docentes de Universidades Nacionales


Llegó esta convocatoria para un programa importante: Becas para finalización de posgrados para docentes universitarios de Universidades Nacionales de la Secretaría de Políticas Universitarias. Clave para aquellos que necesitan menos horas de docencia y trabajo y más horas de escritura en el último tramo de redacción de tesis. Les copio la información. Salud y éxitos!

PROGRAMA DE BECAS PARA LA FINALIZACION DE TESIS DE POSGRADO PARA DOCENTES DE UNIVERSIDADES NACIONALES (PROFITE).

La solicitud de la beca deberá efectuarse entre el día lunes 27 de mayo de 2013 y el día viernes 14 de junio de 2013 y mediante el formulario electrónico de inscripción (ANEXO II) puesto a disposición por el PROFITE.  

entre luces ausentes, rezos paganos y ciencias ocultas - Mataderos 2013
A estos efectos el PROFITE contará con espacio en el sitio web de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y COORDINACIÓN DE POLÌTICAS UNIVERSITARIAS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN de la NACIÓN para su publicación  (http://portales.educacion.gov.ar/spu/).    

1. Descripción

El Programa de Becas para la finalización de Tesis de posgrado para docentes de Universidades Nacionales (PROFITE) otorgará becas de terminación de tesis de maestría y de doctorado, a docentes de Universidades Nacionales que estén en etapa de elaboración y/o escritura de tesis.

2. Objetivos

El Programa PROFITE está dirigido a jerarquizar la docencia en la educación universitaria.Incrementar el número de docentes universitarios posgraduados de las Universidades Nacionales, atendiendo a la necesidad de compensar los desequilibrios en la proporción de docentes posgraduados entre las distintas Universidades Nacionales.Promover la posgraduación de aquellos docentes que, por razones de edad, disciplina científica o horas de dedicación docente quedan afuera de la posibilidad de acceder a otros programas de becas y a la terminación de su tesis.Incrementar progresivamente la tasa de docentes posgraduados de las Universidades Nacionales.

3. Destinatarios del programa

Son destinatarios del Programa los docentes de Universidades Nacionales, inscriptos en una carrera de maestría o doctorado con reconocimiento oficial del Ministerio de Educación de la Nación que estén en etapa de elaboración y/o escritura de tesis.

4. Dotación económica

El monto de la beca será de dieciocho mil pesos entregado en seis cuotas consecutivas de tres mil pesos cada una.

5. Requisitos para participar en el Programa

-Ser argentino nativo o por opción y no superar los sesenta años de edad a la fecha de cierre de la Convocatoria.
-Ser docente regular, interino u ordinario (según definición de la Universidad o Instituto Universitario al cual pertenece el docente) en una Universidad Nacional y/o Provincial y/o Instituto Universitario Nacional de la República Argentina.
- Estar inscripto en una carrera de posgrado acreditada, con reconocimiento oficial otorgado por este Ministerio.
- Tener designado un director de tesis.
- Presentar la solicitud junto con toda la documentación exigida por el Programa en el plazo fijado en la respectiva convocatoria.Queda excluido de la posibilidad de obtención del beneficio el postulante que se encontrare en alguna de las siguientes situaciones:
- Haya finalizado una carrera de posgrado de maestría o doctorado.- Haya tenido becas de posgrado de organismos oficiales por períodos acumulados que superen los dos años en el caso de maestrías y los tres años en el caso de doctorados.
- Esté incorporado a los Programas DOCTORAR y/o DOCTOR@R Ingeniería.
- Adeude créditos, trabajos finales de seminarios, materias o idiomas de los respectivos posgrados.
- Haya obtenido otro beneficio de carácter similar. - No cumpla con las demás condiciones establecidas en las Bases y Condiciones del Programa.

Datos de Contacto:

Teléfono 4129-1000 int. 7218

lunes, 3 de junio de 2013

Del DNU de Macri a la reciente Ley sobre libertad de expresión: Gestos y análisis


memoria fértil en el valle de luchas y manzanas ajenas - Neuquén 2013
Martin Becerra publicó este muy buen análisis, acá en en la edición de Perfil de ayer, del Decreto de Macri, el famosos DNU del Jefe de Gobierno sobre el régimen de protección de la libertad de expresión en Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ahora reformado y transformado en Ley por la Legislatura de la Ciudad. Lo recomendamos y lo transcribimos.

¿Libertad de expresión o un gesto para la tribuna? 

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó el jueves una ley basada en un decreto de necesidad y urgencia (DNU) del jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, sobre “libertad de expresión”. 

Esta iniciativa (copiada luego por el gobernador cordobés José Manuel de la Sota) es una rareza por múltiples motivos: es tribunera, oportuna, conflictiva con principios constitucionales y con leyes y competencias vigentes a nivel nacional, superpuesta y redundante con Tratados Internacionales garantistas de la libertad de expresión aunque restringida al caso Clarín. Es, además, tácticamente proactiva e inaplicable. 

La eficacia del DNU y de la ley se mide en función de las discusiones que provoca, no en que su articulado se materialice. Por ello la calificación de tribunera: como todo anuncio político (del oficialismo y la oposición), el decreto y la ley buscan, en esencia, impacto público. A juzgar por la reacción suscitada y por el posicionamiento de Macri en el tema, la jugada resultó eficaz. Además, crea una instancia de apelación para el grupo Clarín cuando la Corte Suprema dirima la constitucionalidad de los artículos suspendidos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. 

DNU y ley son oportunos para el espacio político que lidera el jefe de Gobierno porteño. Las abundantes contradicciones constitucionales, legales y conceptuales en que incurren tanto el DNU como la ley son percibidas como daño colateral por quienes consideran que es preciso contener la discrecionalidad del Gobierno nacional en materia de medios de comunicación. La oposición tiene ahora, además de la queja, acción. 

Especialistas en distintas ramas del derecho como Eduardo Bertoni, Félix Loñ, Gustavo Arballo, Lucas Arrimada o Damián Loreti explicaron que el DNU en que se basó la ley es inviable en términos constitucionales e invoca una potestad que no le compete a las provincias ni a la Ciudad. Hay varios fallos de la Corte Suprema limitando la intención regulatoria en medios de distintas provincias. 

Pero, a la vez, el decreto de Macri explota lagunas históricas en la relación Nación-Provincias relativas a la libertad de expresión. En paralelo al conflicto juridsiccional, el decreto avanza sobre la defensa de la competencia en forma rústica y desconoce las leyes de Servicios de Comunicación Audiovisual, de Concursos y Quiebras, y de Defensa del Consumidor, entre otras. 

La ley es peculiar además por sus citas textuales a la progresista doctrina del derecho a la comunicación, reflejada en Tratados Internacionales, en la Constitución Nacional y en leyes vigentes. Esta es una innovación conceptual en el espacio político de Macri. Algunos de los artículos de la ley y el DNU podrían inspirar regulaciones sobre no-discriminación en internet, por ejemplo. 

Sin embargo, el compromiso con esa tradición garantista es incompleto: Loreti halló una significativa omisión cuando se reproduce el artículo 13 de la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos y se cita sólo controles “oficiales” como fuente posible de abusos que restringen el acceso de terceros al “papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones”. En la Convención figuran los controles “oficiales y particulares”, algo que el DNU y la ley eliminaron. 

Es que la doctrina es ajustada a un solo objetivo: el grupo Clarín. La operación resulta vejatoria de la doctrina invocada. La libertad de expresión y el derecho a la comunicación no son “trajes a medida” de un conglomerado. 

La iniciativa de Macri selecciona aspectos de una tradición garantista para defender una parcialidad que tiene una posición dominante en mercados fundamentales de medios sin mencionar como amenaza a la libertad de expresión esa posición dominante (lo que sí hace la doctrina). 

El Gobierno de la Ciudad podría regular su política discrecional en publicidad oficial (donde aplica la misma lógica que el Gobierno nacional al premiar amigos y castigar opositores con recursos públicos), asegurar que los medios estatales en la Ciudad no sean gubernamentales y legislar en consecuencia el mandato de la Constitución local para crear un sistema de medios públicos; potenciar el acceso a la información pública o conducir una investigación seria sobre la represión en el Hospital Borda. 

Esta agenda tendrá seguramente menos repercusión que la nueva ley, pero ayudará en lo cotidiano a ampliar el ejercicio de la libertad de expresión, opinión y relación. Además, luciría su carácter original pues avanzaría allí donde el kirchnerismo y otras formaciones políticas no lo hacen.-

Posdata: Además nos citó escoltados de grandes, sobre los comentarios que hicieramos sobre el DNU original, acá. Un honor inmerecido, sin duda. Salud!

Nexos

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