Publiqué esta nota en Infobae acá de hoy. Una de las que más me costó escribir dada la complejidad del tema. Hay mucho más que decir pero tuve que acotar el análisis. Seguiremos pronto. Salud y bienvenidos los comentarios.
Mucho ruido, pocos jueces: Los problemas constitucionales de
la reforma judicial
Anunciados y presentados los
proyectos de reforma judicial impulsados por el Gobierno, algunos ya con
dictamen de comisión y en pleno debate parlamentario, debemos señalar diez
aspectos centrales de la discusión pública e identificar sus problemas
políticos y constitucionales.
Resulta necesario, con ese
objetivo, despejar ciertas confusiones y distorsiones producto de la alta
polarización política que supo provocar el apuro contrario al sentido común y
la relevancia del tema y las formas poco convencionales con las que se
presentaron los proyectos en el Congreso para analizar las aristas vinculadas
a la Constitución Nacional, la división
de poderes y a la calidad institucionalidad de la democracia.
1. Mucho ruido. Lo primero y principal para hacer el debate
civilizado es dejar las posturas extremas, evitar caer en los lugares comunes,
tanto con las defensas corporativas como las reformas cosméticas, tanto con la
impostura republicana como con la “democratización” demagógica, tanto con las
denuncias de golpes de Estado Judicial como las que anuncian una
“democratización” a través de proyectos de dudosa profundidad y
constitucionalidad, tanto aquellos que no ven ningún problema en el Poder
Judicial y defienden sus peores prácticas como aquellos que comparan jueces
elegidos por autoridades legítimas con dictadores y con lo peor de nuestro
pasado autoritario.
Esos extremos del sinsentido,
absurdo, que solamente están “pensados” para generar radicalización,
indignación, rechazo irracional, odio ciego y polarizados gritos en el debate
público, o sea para obstaculizar el debate, deben ser evitados para posibilitar
un análisis reflexivo.
Evitar eso es detener el
espiral de autodestrucción, confrontación irreflexiva y demagogia alarmante en el que el debate público -a veces- parece
haberse transformado.
2. La democracia necesita
tener un debate inclusivo y profundo sobre el Poder Judicial. Profundizar la democracia en las propias instituciones
democráticas y en el propio espacio del Poder Judicial y sus operadores, si no
se aprovecha este contexto, la deuda seguirá pendiente.
La
partidización del Poder Judicial nunca será deseable ni constitucionalmente
defendible. A pesar de eso,
existieron pactos políticos que van más atrás del
presente gobierno, que mantuvieron un Poder Judicial con severos defectos y
fuertemente dependiente. Lo afirmamos ya (
acá ): el Poder Judicial aunque se lo niegue, hace política y necesita de una mejor
política de parte de los partidos.
Es muy difícil coincidir con
aquellos que postulan que hoy estamos ante un Poder Judicial Independiente de
factores políticos, mediáticos y económicos.
Eso no quiere decir que los proyectos presentados por el gobierno ayuden y no
empeoren ese escenario. El gobierno hoy tiene un fácil acceso -previa
negociación- a conseguir impulsar sus propuestas en el Consejo de la
Magistratura. La reforma del Consejo de la Magistratura del 2006 se lo
facilitó, eliminando a las minorías partidarias.
El Poder Judicial hoy no es
independiente y está muy lejos de cumplir las aspiraciones de control
institucional de una democracia moderna, como proteger a las minorías y
reconocer los derechos constitucionales. Ni hoy el Poder Judicial plural es
independiente de factores políticos o económicos ni los proyectos en discusión
parecen que vayan en esa línea. Los
cambios facilitan un control que en la actualidad este o cualquier gobierno
obtiene previa negociación partidaria y política, dentro y fuera del Consejo de
la Magistratura.
En gran parte, como ya afirmamos, esta situación se debe, primero, a una deuda
de la propia clase política y después de
todo los operadores del Poder Judicial que usualmente forman directa o
indirectamente parte de la clase política, de la función pública o de sus
entornos.
3. El Consejo de la
Magistratura es una institución muy imperfecta pero es una institución que mejoró los oscuros procesos de selección
de jueces en sus 13 años de existencia. Antes esos procesos era puro proceso
político, poco transparente, partidizados, casi secretos, sin exámenes, sin
evaluación de antecedentes, sin participación de los estamentos y alejados de
toda forma democrática.
El Consejo con todos sus defectos
mejoró el proceso de selección de magistrados. Lamentablemente el fin del
proceso de selección de Jueces termina con una terna en la que los candidatos
son directa o indirectamente invitados a hacer “lobby político” por sus propias
candidaturas ante el Poder Ejecutivo (sean Gobernadores o Presidentes) en lo
que resulta un proceso que impide pensar que del actual sistema los jueces
surjan sin una negociación y compromiso político. Muy lejos queda la “independencia judicial”. La
independencia judicial tal cual está el sistema de designación no puede
existir. Los jueces son políticos y deben
hacer política para ser designados jueces y para postularse a nuevos cargos.
Los jueces en la actualidad se
eligen, en su proceso final, a través de reuniones a puertas cerradas y charlas
de teléfonos celulares con un acuerdo del Senado que también requiere procesos
de negociación política semi-secretos. Extrañamente nadie señala esa fase de un
proceso intensamente político y partidario.
4. El Consejo de la Magistratura es débil producto de su
histórica puja con la Corte. Desde la
presidencia de Nazareno hasta la de Lorenzetti, salvando todas sus diferencias,
la Corte retuvo con sendas acordadas y pujas políticas, facultades que
constitucionalmente le corresponden al Consejo de la Magistratura (Art. 114).
Cabe recordar que la Reforma de
2006 realizada por el Gobierno
nunca fue declarada inconstitucional por la
Corte Suprema, aunque su inconstitucionalidad resulte clara. El Gobierno y la Corte resultaron aliados de esa
reforma que debilitó el Consejo de la Magistratura (comenté las alianzas en
este artículo del 2011,
acá ).
Al Gobierno se le facilitó su
gestión y la Corte retuvo control sobre áreas que constitucionalmente fueron
asignadas al Consejo de la Magistratura: Especialmente la administración del
presupuesto de todo el Poder Judicial pero también reglamentación, disciplina,
entre otras.
5. Inconstitucionalidades
cruzadas entre Gobierno y Corte Suprema:
Los proyectos del oficialismo tienen problemas en su constitucionalidad pero la
Corte Suprema también ejerce facultades constitucionalmente asignadas para el
Consejo de la Magistratura y no declaró inconstitucional la reforma al Consejo
que la terminó fortaleciendo. La Corte demostró en ese caso los límites de su
“independencia”.
Sorprende la esperanza de un
control vigoroso por parte de una Corte Suprema que excepcionalmente frenó al
Poder Ejecutivo. La Corte y el Gobierno
han sido más aliados necesarios que adversarios coyunturales.
6. División de poderes dentro
del Poder Judicial. Si observan el poder
concentrado de la Corte frente al débil Consejo de la Magistratura, esta
irregularidad debería también ofender a aquellos (pocos) que denuncian con
razón la concentración inconstitucional y el personalismo ejecutivista ejercido
en cualquier ámbito. En otra ocasión quizás se podrá explicar las razones de
los silencios selectivos y la pasividad acrítica que sin duda resulta una
posición y una forma de hacer política.
Se puede afimar sin duda que
así como el proyecto del oficialismo viola la tibia y tenue división de poderes
en el presidencialismo argentino, la concentración de poderes de la Corte viola
la división de poderes y facultades hacia dentro del Poder Judicial establecida
en la Constitución Nacional.
6. La Corte y sus facultades. Hay un juego de espejos entre los personalismos y
concentración de poderes del Presidente de la Corte y los Ejecutivos electos.
Los cambios de la reforma constitucional de 1994 indiscutiblemente les quitaron
esas facultades y se las dieron explícitamente al Consejo de la Magistratura en
el Artículo 114 de la CN, un órgano que en cualquiera de sus conformaciones es
más plural, colectivo, representativo del Poder Judicial y sobre todo el único
constitucionalmente competente.
Reconocer eso, no significa
afiramar que se pueda extraer competencias que le son propias de la Corte ni
debe apoyarse un intento de neutralizar sus facultades, por ejemplo, en el
manejo de su presupuesto y competencias constitucionales. Más allá de todos los posibles problemas, la Corte
Suprema ha realizado una labor, siempre perfectible, con algunos errores y
ciertas inercias, pero de calidad distinguible en comparación a sus
antecesoras. Una cosa no implica la otra.
7. El proyecto del Consejo de
la Magistratura es problemático por varias razones. La primera porque establece mayoría absoluta en una institución que se elegiría por la voluntad
popular. Ese aspecto del proyecto resulta claramente contraproducente para un
debate serio con la oposición sobre cómo mejorar el Consejo y al mismo Poder
Judicial. La elección popular puede ser una mala propuesta, una medida
peligrosa si la sumamos a una mayoría absoluta para proponer y acusar a los
Jueces, que generará inconvenientes en su implementación, pero no parece
contradecir frontalmente el texto de la Constitución y su Artículo 114.
Si el proyecto, producto de un
debate en el Congreso que hoy parece imposible, incorporase más segundas
minorías, un mejor diseño de los miembros del Consejo, procesos de audiencias,
participación social (en la línea del Decreto 222/03) y una escuela de
formación judicial de calidad, podría superarse esta situación de
confrontación. Ello dependerá de la seriedad, las voluntades y mayorías
políticas que impulsan los proyectos y su diálogo con la oposición.
8. Pocos jueces. Se necesitan
más jueces en la base de la estructura judicial, no nuevas instancias
judiciales. Se necesitan nuevos jueces
-véase la cantidad de jueces subrogantes que subrogan más de un juzgado,
juzgado que son, de hecho, manejados por sus secretarios que no son elegidos
con esa función como dijimos acá- en nuevos juzgados, con capacidad física,
edilicia y de recursos humanos acorde a lo que se necesita. Nuevas instancias
judiciales de casación resultarían contraproducentes.
El Poder Ejecutivo suele
perder oportunidades de nombrar a jueces ternados, que terminan desistiendo, en
concursos que se multiplican sin resultados.
El Poder Ejecutivo también es responsable de la lentitud e ineficiencia del
Consejo de la Magistratura simplemente porque omite o demora indefinidamente el
elegir a candidatos a jueces que ya ternados para su acuerdo en el Senado.
9. La reforma judicial a nivel
federal: Las prácticas a nivel federal no
son muchos menos preocupantes. Se podría decir que con todos los problemas que
podemos señalar, las interacciones institucionales entre Ejecutivo y Corte
Suprema son superiores a muchos poderes judiciales provinciales. Por tomar dos
casos cercanos, el mismo Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires derogó
una de las medidas de transparencia para cubrir la única vacante que tiene sin
completar hace varios años en el Tribunal Superior de Justicia. Paralelamente,
parece haber una ofensiva política del oficialismo bonaerense contra el Juez
Arias y el Defensor Axat que investigaron el número de personas fallecidas en
las inundaciones de La Plata.
Muchos jueces honestos y en un
ejercicio correcto de la magistratura son amenazados mediáticamente por
hacer cumplir la Constitución y las garantías penales cuando hay olas de demagogia política y penal.
10. Una reforma judicial en
serio: Es cínico o hipócrita usar los
ideales de libertad de expresión, derechos humanos y democracia para defender,
bajo esos ideales, a corporaciones de medios y a sus negocios en un mercado
oligopólico de la misma forma que esos ideales no deben servir para construir
un grupo de medios afines a este o cualquier gobierno con una política de
medios que contradice en acción el texto y la idea misma de la ley de medios
audiovisuales plenamente constitucional y democrática.
Con el debate por la Justicia y
el Poder Judicial sucede lo mismo: Si se avanzan en estos proyectos tal cual
están encarados sería un retroceso, abandonar el debate sería perder una oportunidad
importante en una situación que parecía propicia y negar la necesidad de una
reforma judicial sería continuar con el espiral de inercias interesadas,
bloqueos autodestructivos y silencios conservadores.
Una mejor democracia necesita de
una mejor reforma judicial, o sea, más que mucho ruido, muchas y mejores
razones -de un lado y de otro- para mejores jueces.-
Complejidad. Cuadrar el círculo limando aristas. Press Play! Salud!