Hoy me llegó la excelente noticia que a partir del 1 de Enero de este 2013 la obra de Roberto Arlt se volvió de dominio público.
Es una novedad que hay que festejar considerando que se podrá editar abiertamente al autor de novelas como "Juguete Rabioso", "Los Siete Locos" y de las "Aguafuertes" y "Aguafuertes Porteñas". Mis novelas de Arlt son de "Fabril", reliquias de una vieja editorial, de tapa dura, ediciones muy logradas y clásicas. Losada, si no me equivoco, editó -con cierta exclusividad- con ediciones logradas toda su obra, pero ahora todas las editoriales lo podrán hacer sin pagar derechos de propiedad intelectual, derechos de autor. Esto significa que, en condiciones ideales (cuac), debería bajar los costos de los ya muy costosos libros en el mercado editorial. Ojalá así sea.
el criador de gorilas enojados - La Plata 2012 |
Y todo eso nos hace recordar que nuestra bendita Ley 11.723 tantas mencionada en libros, discos y demases (específicamente leer artículos 5 y 5 bis del texto de la Ley) fue modificada hace algunos años y se amplió de 50 años a 70 años el periodo que tiene que pasar para entrar al dominio público.
Repasemos, la Ley 11.723 sancionada en 1933 establecía 30 años después de la muerte del autor. Fue reformada en 1993 a partir de un Convenio Internacional conocido como el Convenio de Berna y así se incorporó el standard internacional de los 50 años. No contentos con ello se incorporó en 1997 que se ampliaba a 70 años. Todo mal. Esto fue reforzado en el 2009 pero desde su publicación y retroactivamente!!! Todo mal bis.
Ahora que lo pienso, según mis cálculos, si Roberto Arlt murió en 1942, la primera ley (de los 30 años) se le aplicó el 1 de Enero de 1973, su reforma (de los 50 años) se le aplicó justamente el 1 de Enero de 1993 (año de la primer modificación legislativa) y la tercera reforma (de los 70 años efectuada en 1997) efectivamente se le aplicaría en 2013. Si no estoy confundido -quizás me falta información- debería haber ingresado en el Dominio Público hace 40 años aproximamente con la primer Ley o justamente hace 20 años (si se le aplica el standard de los 50 años). Por eso me surge la duda si realmente ingresó en el Dominio Público o ya estaba en el Dominio Público!!
Pueden ver acá una interesante producción documental en la que aparecen Alberto Laiseca y David Viñas, entre los que conozco, hablando de Roberto Arlt. Lo que más recomendamos, sin dudas, es directamente leer su breve pero gran novela "Juguete Rabioso" y la más que recomendable e intensa "Los siete locos". Disfruten y salud!!
- Dudas despejadas: Y efectivamente, gracias a Don Martín Becerra -vean su blog por acá- nos llegó la precisión que necesitabamos. MB nos hizo leer mejor, nuevamente, el Art. 5 bis donde en concreto se dice lo que sería impensable para un publicista de sentido común, se afirma que la obras que pasaron -como las de Arlt en 1973- al Dominio Público volvieron en 2009 (46 años después!!) al Dominio Privado. El Art. 5 Bis, in fine, dice: "Los fonogramas e interpretaciones que se encontraren en el dominio público sin que hubieran transcurrido los plazos de protección previstos en esta ley, volverán automáticamente al dominio privado por el plazo que reste, y los terceros deberán cesar cualquier forma de utilización que hubieran realizado durante el lapso en que estuvieron en el dominio público." Una verguenza y un exceso total votado en 2009, hoy recordado amargamente. Ahora sí, salú!
- Dudas despejadas: Y efectivamente, gracias a Don Martín Becerra -vean su blog por acá- nos llegó la precisión que necesitabamos. MB nos hizo leer mejor, nuevamente, el Art. 5 bis donde en concreto se dice lo que sería impensable para un publicista de sentido común, se afirma que la obras que pasaron -como las de Arlt en 1973- al Dominio Público volvieron en 2009 (46 años después!!) al Dominio Privado. El Art. 5 Bis, in fine, dice: "Los fonogramas e interpretaciones que se encontraren en el dominio público sin que hubieran transcurrido los plazos de protección previstos en esta ley, volverán automáticamente al dominio privado por el plazo que reste, y los terceros deberán cesar cualquier forma de utilización que hubieran realizado durante el lapso en que estuvieron en el dominio público." Una verguenza y un exceso total votado en 2009, hoy recordado amargamente. Ahora sí, salú!
"GALÁN: Bueno... Me revientan todas las mujeres, empezando por usted. Me revientan la forma como besan... la comedia que hacen... Me revientan porque todo el placer que proporcionan no vale los copetines que se beben a costa de uno. Perdónem... me olvidaba que estaba haciendo el papel de Galán...
ResponderBorrarSIRVIENTA: ¿Y por qué me pidió un beso antes?
GALÁN: Por pedirlo... Un galán está obligado siempre a pedir besos, como un boxeador a dar trompadas. Es el "métier".
SIRVIENTA: Usted es un cínico...
GALÁN: Es el único elogio que me encanta. Sí, soy cínico y desvergonzado y, además, me gusta serlo. En cuanto dejo de ser desvergonzado se me oprime el corazón... me ataca el asma. Voy por el mundo haciendo comedia. Conozco los mil gestos que hay que dibujar para engañar a una tonta; la sonrisa diluida, la mirada sombría y en el fondo de mí mismo la burla hacia la inconsistencia humana. A veces estudio una pareja de enamorados, y en la expresión de ella me doy cuenta de qué sistema utilizará para avinagrarle la vida al marido, así como en la fisonomía de él descubro los minutos que durará su fidelidad...
SIRVIENTA: ¿Y cuáles son las mujeres que le gustan a usted?
GALÁN: Las bien vestidas. No importa que sean feas. Entre una mujer fea bien vestida y una linda modestamente trajeada, me quedo con la fea. La mujer no es nada más que un vestido..., una piel y un sombrero..."
(Trescientos millones, R. Arlt; para muestra basta un botón o, bien diríamos, este colorido cierre relámpago)
Ehhhhhhhh graciela, che!! Qué grande!
ResponderBorrarPregunta... El dominio público corre para el teatro también. ¿Se puede representar un texto dramático de Arlt sin necesidad de pedir los derechos?
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