jueves, 30 de agosto de 2012

Congreso Nacional de Derecho Crítico: Reforma Constitucional


Yoda medita en Palermo - Baires 2012
Mañana estaremos en la mesa sobre Reforma Constitucional del I Congreso Nacional de Derecho Crítico que se organiza en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de bella ciudad de La Plata. Hace un buen tiempo que no voy a siempre estudiantil La Plata, por lo que espero llegar bien y no perderme en las hermosas diagonales y verdes boulevares que deberían llevarme a 48 entre 6 y 7.

En concreto, estaremos con Alejandro Medici (UNLP) en el Panel Derecho Comparado. Las reformas constitucionales latinoamericanas y las tareas pendientes en Argentina a partir de las 14:00 hs.

Pueden encontrar en la web del Congreso, la programación y todos los interesantes ponentes, paneles y conferencistas por acá. Están invitados Mónica Pinto, Enrique Viale, Juan Tapia, Nora Cortiñas, Teodora Zamudio, Oscar Correas (México), Eduardo Freiler, Edmundo Hendler, Esteban Paulón, Raquel Vivanco, Elena Liberatori, Ariel Cejas, Roberto Cipriano, Claudia Cesaroni y Roberto Gargarella, entre otras/os.

El sábado 14 hs está la charla principal de Roberto Gargarella sobre Derecho a la Protesta junto a un grupo del MOCASE y otros invitados. Se recomienda! Felicitaciones a los organizadores de Movimiento Sur, gracias por la invitación y salud!

miércoles, 29 de agosto de 2012

Feliz Día del Abogad@!


Hoy 29 de Agosto es el Día del Abogado/A. Es el día del abogad@ por el nacimiento de Juan Bautista Alberdi, el "Padre" de la Constitución Argentina.

en el mapa aparecía como "M'hijo el dotor" - Maldonado 2009 (la publicamos antes acá)

Suelo decir, un poco en chiste, un poco en serio -y parafraseándo a Groucho Marx, los Monty Python o los Les Luthiers o a todos al mismo tiempo-, que se entiende más de Política y Derecho leyendo el Kamasutra que memorizando cualquier Manual de Derecho :-D

Más allá de todo hoy quiero mandarles un abrazo y desearles un Feliz Día a todos/as mis amigxs abogadxs que aman lo que hacen y le hacen el amor a la profesión. 
Seguramente ellxs le dan poesía, belleza y, tal vez, un poco de Justicia a lo que hacemos. 
Salud!

martes, 28 de agosto de 2012

El Código y la iglesia: Fortunato Mallemaci


Igualdad para los que creen en ET - Baires 2012
Ya comentamos algunos de los desafíos del proceso de Reforma al Código Civil y una de nuestras críticas recurrentes a la nota que nos hicieran en la Revista Debate, acá, fue justamente el reconocimiento de un status especial a la Iglesia Católica lo que contradice la igualdad de culto y afecta la libertad de culto.

Fortunato Mallemaci suma algunas buenas y nuevas razones para oponerse y enfatiza este problema en esta nota de P12, acá. La transcribimos.

La Iglesia Católica no es una institución estatal.

Por Fortunato Mallimaci *

El presidente de la Corte Suprema de la Nación, en numerosas entrevistas, manifestó que vivimos en una sociedad pluralista y que el nuevo código debe mostrar la diversidad de nuestra sociedad. Totalmente de acuerdo.

Los últimos años se logró una ampliación de derechos y de distribución de bienes. Sin embargo, la producción, apropiación y distribución de los bienes religiosos que podemos llamar también bienes de salvación, en lo que tiene que ver con el vínculo con el Estado, parecen inmunes a estos cambios. Y sin embargo, ¡siempre no fue así!

Una mirada histórica socio-religiosa se hace imprescindible. El código de 1871 busca imponer el liberalismo en toda la vida y su objetivo fue regular la república liberal conservadora desde una visión de individuo varón, padre, blanco, propietario y cristiano. Sus racionalidades son explicadas como “naturales” y “biológicas” bajo un estado mínimo no democrático que debe garantizar las desigualdades de la libertad de mercado.

Se reconocen allí personas jurídicas que pueden ser de carácter público o privado. Leerlas con detenimiento nos lleva a una de las memorias en juego.

Las de carácter público son (artículo 33-Texto originario): “Las personas jurídicas, sobre las cuales este Código legisla, son las que, de una existencia necesaria, o de una existencia posible, son creadas con un objeto conveniente al pueblo, y son las siguientes: 1. El Estado; 2. Cada una de las provincias federadas; 3. Cada uno de sus municipios; 4. La Iglesia; 5. Los establecimientos de utilidad pública, religiosos o piadosos, científicos o literarios, las corporaciones, comunidades religiosas, colegios, universidades, sociedades anónimas, bancos, compañías de seguros y cualesquiera otras asociaciones que tengan por principal objeto el bien común, con tal que posean patrimonio propio y sean capaces, por sus estatutos, de adquirir bienes, y no subsistan de asignaciones del Estado”.

Vemos, siguiendo en la lógica del Patronato y de la “subsidiariedad”, al legislar “objetos convenientes al pueblo” y “al bien común” aparecen la Iglesia (sin adjetivos) y otros grupos religiosos como subordinados al Estado.

El proceso incipiente de militarización y catolización que se vive a partir de 1930 pone en tela de juicio esa hegemonía liberal. La Iglesia Católica no acepta ser subordinada ni compartir la “argentinidad” con otros grupos religiosos y pasa a ser un actor de poder central en las nuevas hegemonías. El estatal –y actual– Fichero de cultos no católicos es el ejemplo típico-ideal. Dirigida por el católico y ministro Guillermo Borda, en la época del dictador Onganía se impone –nuevamente en un gobierno no democrático– la Ley Nº 17.711 en 1968 cambia el CC, buscando resolver “numerosos problemas que habían dado lugar a polémicas e incertidumbres”. Otra memoria se instala y disputa.

Vemos así que el artículo 33 queda redactado ahora de la siguiente forma: “Las personas jurídicas pueden ser de carácter público o privado. Tienen carácter público: 1º) El Estado nacional, las Provincias y los Municipios. 2º) Las entidades autárquicas. 3º) La Iglesia Católica. Tienen carácter privado: 1º) Las asociaciones y las fundaciones que tengan por principal objeto el bien común, posean patrimonio propio, sean capaces por sus estatutos de adquirir bienes, no subsistan exclusivamente de asignaciones del Estado y obtengan autorización para funcionar. 2º) Las sociedades civiles y comerciales o entidades que conforme a la ley tengan capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, aunque no requieran autorización expresa del Estado para funcionar”.

Esa dictadura decide –recién en ese momento histórico– que la única institución religiosa que, sin tapujos, es considerada de derecho público es la Iglesia Católica y al mismo tiempo elimina la cláusula 5 del Código de Vélez Sarsfield, donde se nombraban –entre otros– grupos y organizaciones religiosas (no católicas). Esos grupos son invisibilizados. La única institución religiosa “verdadera” que distribuye el bien común y defiende la “patria” es ahora sólo la Iglesia Católica. 

La última dictadura cívico-militar-religiosa no sólo siguió en la misma línea sino que agradeció el asesoramiento y complicidad de la institución eclesial, inventando el “Fichero (sic) de Cultos no católicos” y el honorario/sueldo para obispos en actividad y retirados. La democracia tiene una enorme asignatura pendiente en estos temas.

La actual reforma reemplaza el artículo 33 con otros dos: “Art. 141. Las personas jurídicas son públicas o privadas; Art. 142. Son personas jurídicas publicas: a) el Estado nacional, las Provincias, los Municipios, las entidades autárquicas y las demás organizaciones constituidas en la República a las que el ordenamiento jurídico atribuye ese carácter; b) los Estados extranjeros y las organizaciones internacionales gubernamentales, c) La Iglesia Católica. Art. 143: Personas jurídicas privadas: todas las personas jurídicas que no son públicas, son privadas.” Un nuevo cambio en el CC, por primera vez en democracia, no puede repetir que la Iglesia Católica sea una persona jurídica a nivel estatal.

Si la hegemonía liberal autoritaria del siglo XIX la subordinaba como funcionarios y la hegemonía militar del XX la consideraba en igualdad de poder, una propuesta democrática y participativa debe cambiar de paradigma. No se trata tampoco de reconocer a otras religiones o creencias como personas jurídicas de derecho público o de distribuir los privilegios a otros grupos. 

El catolicismo, como otras expresiones religiosas, pertenece en sociedades post-seculares al heterogéneo y plural espacio público de la sociedad civil y no pueden ser asimiladas o colonizadas por el Estado. Las religiones no son instituciones estatales.

No es un problema religioso ni puede ser ignorado por las autoridades de la Corte Suprema y los legisladores. Mantener a la Iglesia Católica como si fuera una institución estatal consolida viejos paradigmas, niega una sociedad pluralista y diversa e impide consolidar la ciudadanía religiosa y la democracia. ¿Eso queremos con el nuevo CC? ¿Seremos capaces de recrear otra memoria? 

* Miembro del Conicet-UBA.

Mínimo contrapunto: El Liberalismo del primer Código y de Vélez Sárfield.

La "hegemonía liberal" que el Código Civil vino a reconocer, desde mi punto de vista, fue muy limitada y más conservadora que liberal, más autoritaria -en los términos de Mallemaci- que liberal. Esto se puede observar desde la propia Constitución hasta las prácticas legales y sociales, desde el Estado y la Sociedad hacia la Iglesia hacia fines del Siglo XIX.

Por ejemplo, excluir el matrimonio del primer Código, dejar esa y otras instituciones en el espacio de las instituciones religiosas, dar al código canónico efectos civiles, implicó fortalecer a la "Iglesia" (católica), que si bien permitía poner a varias "Iglesias" en disputa en ese espacio simbólico de la letra de la Ley, la que terminó siempre fortalecida fue la Iglesia Católica.

En definitiva, el status de "institución estatal" o de Persona de Derecho Público, fue en todo caso fortalecido por Borda en 1968 pero estuvo desde el primer Código. Se recomienda el libro de Loris Zanatta, Profesor de Bologna y Roberto Di Stefano sobre la Historia de la Iglesia Argentina (acá una entrevista con Zanatta) y también por supuesto la web del Centro de Estudios (CIEL-CONICET) del Proyecto "Sociedad, cultural y religión" que coordina/dirige don Fortunato Mallemaci, acá. Más que recomendado. Salú!

lunes, 27 de agosto de 2012

Nueva Revista Pampa: Kaufman / Rinesi / Mastrini /


Los amigxs de la Revista Pampa nos hicieron llegar su última revista la Nº8 de Julio de 2012. Chasgracias por el envío y la recomendamos para todxs!

alambrar la tierra, compartir el sol - Azul 2012

Un pequeño párrafo alcanza para atrapar a cualquier lector/a voraz: 106 páginas de ensayo político y cultural dispuestas a testear esquirlas del presente: mutismos, silencios y sensibilidades/ discontinuidades, herencias y redimensiones de la violencia/ Malvinismo, baúl guerrero de la argentinidad/la Gran Antena de la patria y la deep Argentina /fervores cívico-estéticos y espectáculo recargado/ las técnicas mediáticas de destitución de lo sensible/ Pergolini, Lanata y todas las momias del mañana/ Roger Waters y la electrónica como músicas de fondo para cualquier presente desanimado/ medios y mediosos, letra aletargada y necesidad de reactivación de la política. Aportes pampeanos para pasar otro invierno y los venideros. Distribuye, como siempre, La Periférica. 

SUMARIO 

Tester de presente 
Karina Arellano/ Mudos 
Martín Rodríguez/ Para llenarte de criollos 
Alfredo Jaramillo/ De Ushuahia a La Nada 
Gabriela Rivas/ La tevé museo 
Lucía De Gennaro/ Un paso antes del realismo 
Oriana Seccia/ Bailando sin ritmo, o dos maneras de invisibilizar el presente 

Alejandro Kaufman/ Conflictividades y discontinuidades, movimientismo populista y hegemonía actual Sociedad mediática 

ENTREVISTA/ Guillermo Mastrini.  
Comunicación y medios en Argentina: realidad y política más allá de la ley 

Eduardo Rinesi / Medios y política, ayer y hoy 

Poemas: Gabriel Cortiñas 
Arte de tapa: Alejandro Leonelli 
Ilustraciones: Germán Scalona

Nosotros publicamos en este número especial hace un tiempo ya, acá. Más información en la web de la revista, acá. Recomendamos su lectura, lo tienen a Kaufman, Rinesi y Mastrini y no pueden dejar de leer a Karina y Lucía, por supuesto. Felicitaciones al coletivo, che y Salú!!

jueves, 23 de agosto de 2012

Jóvenes Profesoras/es de Derecho Constitucional - UNC Córdoba


supreme junkie - NY 2012
Se viene el Congreso de Jóvenes Profesoras/es de Derecho Constitucional en nuestra querida y siempre increíble y bella Córdoba "La Docta". Gracias Guadalupe y los amigxs de la UNC y de la AADC por la invitación. 

Ya nos estamos preparando para la exposición y sobre todo para la visita. Acá transcribimos el programa (tentativo) repleto de buena gente y jóvenes amigxs!

Los esperamos por ahí para el debate y la discusión. Salute!!

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VIII ENCUENTRO DE JÓVENES PROFESORES DE DERECHO CONSTITUCIONAL

13, 14 Y 15 DE SEPTIEMBRE DE 2012 

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES, 
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA 
PROGRAMA JUEVES 13 15 hs: 

Acreditaciones 15:30 hs: Conferencia inaugural a cargo del Dr. Antonio María Hernández 16 hs: 

PANEL I- DEMOCRACIA Y PODER JUDICIAL: un análisis de las relaciones desde la jurisprudencia de la CSJN 
Coordinador: Francisco Buere 

Disertantes: Martín Juárez Ferrer, Santiago Gascón, Lorena González Tocci, Pedro Caminos, Lucas Arrimada, Guadalupe Valcarce Ojeda 

19:30 hs: MESA REDONDA - DERECHO CONSTITUCIONAL TRANSNACIONAL Coordinador: Ignacio Barbeira 
Expositores: Víctor Ibañez Rosaz, Jorge Orgaz, Calógero Pizzolo 

VIERNES 14 10 hs: PANEL II- CONSTITUCIÓN E INTEGRACIÓN: presente y desafíos Coordinadora: Lucía Scheinkman 

Disertantes: Agustín Fabbricatore, Ignacio Cimino, Andrea Mensa González, Julián Portela, Luiz Guilherme Arcaro Conci, Eduardo Biacchi Gomes, Carlos Goncalvez Junior 

15:30 hs: PANEL III- LIBERTAD DE EXPRESIÓN: panorama y perspectivas 

Coordinador: Lucas Cajeao 

Disertantes: Fernando Pizzicari, Mariano Dominguez Espuri, Juan Mocoroa, Alejandro Cacace, Eny Dibona, Roberto Dias da Silva, Carlos José Laplacette 

SÁBADO 15 10 hs: 

PANEL IV- REFORMA CONSTITUCIONAL, REFORMA ELECTORAL Y REFORMA POLÍTICA: actualidad del debate 

Coordinador: Federico Macciocchi Disertantes: Carlos Luque, Nicolás Egues, Paulina Chiacchiera, Martín Viola, Victorino Sola Torino, Diego Armesto, Elena Gómez 

12:30 hs: Conferencia de clausura a cargo del Dr. Mario Midón, Presidente de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional 

Más información: constitucional2012@gmail.com

lunes, 20 de agosto de 2012

Educación Prohibida (Documental): Desafíos y comentarios


Recomendamos este documental "La educación prohibida" (2012) como punto de partida de una discusión que resulta aplicable a todos los niveles de educación, a todos los espacios educativos desde un conservatorio de música, pasando por todas las escuelas públicas y privadas de toda la comunidad latinoamericana y, especialmente, de Argentina hasta -no debería extrañarnos- las aulas de las Facultades de Derecho que visitamos y en las que compartimos un contexto educativo.

la educación como preparación de la oveja legal - Buenos Aires 2013

Las formas y la sustancia del documental, algunos pasajes sobre la relación entre igualdad, democracia, incentivos y sus modelos se pueden debatir, son puntos de partida más que conclusiones. 

Invitamos a que lo vean con paciencia porque podría llegar a estimular dormidos debates y cómo queremos educar que no es otra cosa que autoeducarnos colectivamente. Más tarde lo comentaremos. Salú.



Algunos comentarios a la película:

1. En lo que respecta a la crítica a la educación escolar y a la educación institucionalizada me parece que la crítica es oportuna. Viene bien y es eficaz. Me parece que debe ser bienvenida y cualquier que quiera un punto de vista progresista debe criticar muchos procesos que están como nudos en la educación pública y privada. 

2. Hay una filosofía medio new age que parece que no permite ver problemas de desigualdad económica y que no es tan fácil como "los chicos se educan sólos" o "son genios en potencia". La educación no es opresión, aunque ciertos procesos escolares pueden serlo, no siempre es así. La educación individual, privada y no obligatoria puede ser igual de opresora, subordinante y problemática. La idea de Úlises y las sirenas, hay límites que te liberan. La obligatoriedad del voto o de la educación puede ser una. 

3. Si bien hay problemas serios con el rol del profesor o educador, lo cierto es que no todos son de corte militar, autoritario. Ahí, si bien es útil criticar esos modelos, la película podría dar modelos reales, docentes reales como contramodelos. Y existen miles de ejemplares docentes, capacitadores, tolerantes, democráticos, que justamente hacen crecer, colaboran a que nadie vuelva a ser dependiente de una autoridad y hacen surgir capacidades de autogobierno a las personas que toman sus cursos.

4. Hay una concepción de la participación y de la autonomía del aula, que está construida desde fuera de lo político. 

5. Ahora, quizás lo más criticable es la "demonización" de la escuela obligatoria y pública como máquina de opresión y del Estado como único responsable de eso. Me parece ahí, que si la opción es que la sociedad participe más en la educación estamos bien. Si la opción es ir a hacia un modelo no obligatorio, no gratuito y privado. No sólo es inconstitucional sino además eso reforzaría los niveles de segregación educativa y de desigualdad económica que tenemos en el sistema educativo. O sea, se refuerzo lo que hoy es una fuerte tendencia: Las escuelas públicas para los que no pueden pagar y las escuelas privadas para los que pueden pagar.

En fin, eso por ahora, pero ya subiremos algunos comentarios más puntuales. Ahora, otra vez, salut y sigamos.

domingo, 19 de agosto de 2012

David Lynch: Cine / Lenguaje / Interpretación


Cayó en mis manos el interesante libro del misterioso David Lynch "Atrapa el pez dorado". Es una suerte de compilación de pequeñas ideas, pensamientos y reflexiones de David Lynch sobre meditación, conciencia y creatividad (muchas se pueden ver en sus entrevistas y charlas más clásicas en youtube). El Director de "El Hombre Elefante", "Blue Velvet" o "Mulholland Drive" (todos clásicos que cualquier terrícola y ser de otro planeta debería ver) es una de las personas más raras en el mundo del cine y además una de las mentes más libres a la hora de desarrollar, expresar, comunicar, imaginar su propios mundos y lenguajes en el séptimo arte.

Sentir a secas falta. Mucho siempre es poco - Baires 2012

Mientras recordamos los post sobre Lenguaje y Derecho en torno a Ludwig Wittgenstein que se encuentran  I acá y II acá, les dejo unos pasajes que son muy representativos de los lenguajes que se pueden desarrollar con el cine y cómo juega -un término muy wittgensteniano- el factor interpretativo en los "límites indeterminados" de ese o cualquier (?) lenguaje. 

Como yapa: Hace poco David Lynch también construyó, se expresó, alcanzó, otro lenguaje: la música. Pueden escucharlo por acá.

Salute!

- Cine

"El cine es un lenguaje. Puede decir cosas: grandes, abstractas. Eso me encanta.

No siempre se me dan bien las palabras. Algunas personas son poetas y dicen las cosas con palabras bellas. Pero el cine posee un lenguaje propio. Y con él pueden decirse muchas cosas porque cuentas con el tiempo y las secuencias. Tienes diálogos. Tienes música. Tienes efectos sonoros. Tienes muchísimas herramientas. Y, por tanto, puedes expresar un sentimiento o pensamiento que no podría comunicarse de ningún otro modo. Es un medio mágico" 

Para mí es tan bello pensar acerca de estas imágenes y sonidos fluyendo juntos en el tiempo y en secuencia, haciendo algo que sólo se puede dar a través del cine. No son sólo palabras y música –es todo una rango de elementos juntándose y logrando algo que no existía antes. Es contar historias. Es la elaboración de un mundo, una experiencia, que la gente no puede tener a menos que vean esa película. Cuando atrapo una idea para una película, me enamora de la forma en que el cine la puede expresar. Me gusta una historia que contenga abstracciones, y eso es lo que el cine puede hacer.

- Interpretación.

"Una película debe valerse por si misma. Es absurdo que un cineasta necesite explicar con palabras lo que significa una película. El mundo de la película es un mundo creado en el que, a veces, la gente desea entrar. Para la gente, ese mundo es real. Y si descubren ciertos detalles sobre cómo se hizo o acerca de los significados de esto o aquello, la próxima vez que vean la película, todos esos conocimientos participarán de la experiencia.

Y entonces la película cambiará. Considero importante y muy valioso conservar ese mundo y no decir ciertas cosas que podrían destruir la experiencia.

No se necesita nada que no esté en la obra. Se han escrito montones de libros estupendos cuyos autores murieron hace mucho y no puedes desenterrarlos. Pero tienes el libro, y un libro puede hacerte soñar y pensar.

A veces la gente se queja de que les cuesta entender una película, pero yo creo que entienden mucho más de lo que creen. Porque todos hemos sido bendecidos con la intuición: todos tenemos el don de intuir cosas.

Habrá quien diga que no entiende la música; pero la mayoría de las personas experimentan la música de manera emocional y estarían de acuerdo en que la música es una abstracción. No necesitas expresar la música en palabras: la escuchas.

El cine se parece mucho a la música. Puede ser muy abstracto pero la gente ansía darle un sentido intelectual, traducirlo a palabras. Y cuando no pueden hacerlo, se sienten frustrados. Pero si lo dejan expresarse, pueden encontrar una explicación interior. Si comentan la película con los amigos enseguida ven cosas: qué es esto, qué no es lo otro. Y tal vez coincidan o discrepen con sus amigos, pero ¿cómo pueden discrepar o coincidir si no saben nada? Lo interesante, pues, es que ya saben más de lo que creen. Y al expresar en voz alta lo que saben, lo ven más claro. Y cuando ven algo, pueden intentar aclararlo un poco más y, de nuevo, contrastarlo con un amigo. Y tal vez lleguen a alguna conclusión. Que sería válida.”



PD: Dejamos esta belleza de diálogo entre dos grandes como Patti Smith y David Lynch sobre cómo son sus actos creativos. Belleza, locura y misterio del mejor. Salud!

miércoles, 15 de agosto de 2012

Convocatoria: Ponencias Foro Jóvenes Jornadas AAFD / AADC


Cabernet oxfordiano en los pasillos de la Turf Tavern - Oxfordshire 2011
En Octubre próximo coordinamos junto a Mauro Benente el Foro de Jóvenes Investigadores de las Jornadas Argentino / Chilenas de Filosofía del Derecho y Derecho Constitucional que organizan las  Asociaciones Argentino - Chilenas de Filosofía del Derecho (en Argentina la AAFD) y Derecho Constitucional (en Argentina la AADC) a realizarse en la Universidad Nacional de Cuyo, Mendoza. 

A las/os estudiantes y jóvenes graduados / docentes e investigadores les avisamos que tendremos un espacio para presentar ponencias, avances de investigación y trabajos. Para participar en el foro de “Jóvenes Investigadores”, las ponencias deben ser enviadas a forojovenesaafd@gmail.com hasta el día 5 de Octubre.

Las ponencias serán publicadas en el sitio web de la AAFD (www.aafd.org.ar) sin perjuicio de que adopten idéntica medida las restantes asociaciones participantes. En caso de que los ponentes deban solicitar ayudas financieras para sus gastos de traslado y estadía, podrán solicitar a las personas indicadas, la certificación de su inscripción. A fin de que los ponentes dispongan de tiempo suficiente para requerir tales ayudas, el Secretario de cualquiera de las Asociaciones podrá certificar la inscripción de sus respectivas ponencias, a solicitud de los correspondientes autores. 

El programa tentativo, con charlas, debates e invitados realmente interesantes, está acá y lo transcribimos abajo. 

Coordillera, degustaciones, bodegas, acequias peligrosas, filosofía, vinos mendocinos, discusión política, derecho constitucional, debates internacionales, amigas/os y más. Imperdible!!!

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XXVI JORNADAS ARGENTINAS y V ARGENTINO-CHILENAS DE FILOSOFÍA JURÍDICA Y SOCIAL I JORNADAS de FILOSOFÍA DEL DERECHO Y DERECHO CONSTITUCIONAL

Mendoza, 18 al 20 de octubre 2012 

LUGAR DE LAS SESIONES 
Facultad de Derecho 
Universidad Nacional de Cuyo 
Ciudad Universitaria Ciudad de Mendoza 

PROGRAMA 

Jueves 18 12.00/14.00hs: Inscripciones. 

14.00hs: Mesa Inaugural 
Rector U.N.Cuyo, Ing. Agr. Arturo Somoza; 
Decano Facultad, Dr. Eduardo Emili; 
Directora Instituto Argentino de Estudios Constitucionales y Políticos, 
Dra. María Gabriela Ábalos; 
Presidentes Asociaciones Organizadoras: Argentina de Derecho Constitucional: Dr. Mario Midón; Chilena de Derecho Constitucional, Dr. Lautaro Ríos Álvarez (Vicepresidente); 
Chilena de Filosofía del Derecho, Dr. Rodrigo Coloma Correa; 
Argentina de Filosofía del Derecho, Dr. Jorge E. Douglas Price. 

14.30 Conferencia inaugural (Aula Magna Mayor): (Invitado sujeto a confirmación) 

15.30/17.30hs: Conferencias y Debate (Aula Magna Mayor) 
Alicia Ruíz (AAFD): "Interpretación constitucional: una perspectiva deconstructiva" 
Fernando Muñoz León (SCHFD): "Las angustias de la teoría constitucional" 
Rodolfo Vigo (AAFD): “Control de Constitucionalidad: Riesgos y prevenciones”. 

17.30/18.00 Coffee break 18.00/20.00 hs.: Conferencias y Debate (Aula Magna Mayor) 
Pablo López Ruf (AAFD): "El razonamiento jurídico y el control de Constitucionalidad". 
Lautaro Ríos Álvarez (ACHDC): "Los valores y principios en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional". 
Mario R. Midón (AADC): "El control selectivo de constitucionalidad y la renuencia de la Corte a interpretar el art. 99 inc. 3º". 

20.00 hs: Presentación Anuario AAFD, Libros y Revistas – Suscripción Convenios Cooperación 

20.30 hs: Cóctel de Bienvenida. Viernes 19 9/11 hs. Foros Ponencias 
Participantes 1, 2, 3, 4, 5 y 6 (Aula Magna Menor y aulas contiguas) 

11/11.30 Horas: Coffee Break 11.30/13.00: 

Debate 1: Jóvenes Investigadores Instituto Ambrosio Gioja(UBA) 
Disertante: (Invitado sujeto a confirmación) 
Debatidores: Lucas Arrimada, Mauro Benente. 

13.00/14.00: Lunch Libre 14.00/16.00: Conferencias y debate 
Tania Busch (ACHDC): "Control del juez constitucional"
Carlos Massini Correas (AAFD): "La 'paradoja de la irrelevancia' y una respuesta anticipada". 
Pablo Riberi (AADC): “Constitucionalismo, Constitución y Derechos Constitucionales: una familia a menudo disfuncional.” 

16.00/16.30hs: Coffee Break 16.30/18.30: Conferencias y Debate 
José Luis Martínez Peroni (AADC): “El Poder Judicial como Poder Moderador en las Democracias”. Javier Couso (ACHDC): "El impacto del derecho internacional de los derechos humanos en concepciones del control de constitucionalidad de la ley". 
Amaya Álvez (SCHFD): "Una propuesta de Aplicación de la Teoría Relacional del Derecho de Jennifer Nedelsky al Control de Constitucionalidad”. 

18.30/19.00hs: Coffee Break 19.00/20.30: 
Debate 2: Jóvenes Investigadores Instituto Ambrosio Gioja(UBA) 

Disertantes: Enrique Zuleta Puceiro “Control de Constitucionalidad: Quien custodia a los custodios?”. Debatidores: Elián Preno, Roberto Campos. 

21.00: Asamblea AAFD (citación a Asociados) 
22.00: Cena de confraternidad 

Sábado 20 9.00/11.00 Foros Ponencias 
Participantes 7, 8, 9 y 10. (Aula Magna Menor y Aulas contiguas) 

11.00/30: Coffee Break 11.30/13.30 hs. Conferencias y Debate 
Fernando Atria (SCHFD): “La neutralización de los derechos sociales” 
María Gabriela Ábalos (IADECP): “Control de Constitucionalidad y Convencionalidad” 
Alfredo Vítolo (AADC): "El control judicial de constitucionalidad. Un axioma constitucional" 

13.30: Entrega del Premio Corte Suprema de Justicia. Exposición Premiado. 

14.00 hs.: Cierre y Entrega de certificados. Condiciones de participación 

Las conferencias de los paneles tendrán una duración máxima de 30 minutos cada una, y de 15 minutos las ponencias que se presenten en comisiones, sin perjuicio de que la versión escrita de las mismas pueda representar una extensión mayor. 

Para participar en el foro de “Jóvenes Investigadores”, las ponencias deben ser enviadas a forojovenesaafd@gmail.com" 

Las ponencias serán publicadas en el sitio web de la AAFD (www.aafd.org.ar) sin perjuicio de que adopten idéntica medida las restantes asociaciones participantes. En caso de que los ponentes deban solicitar ayudas financieras para sus gastos de traslado y estadía, podrán solicitar a las personas indicadas, la certificación de su inscripción. A fin de que los ponentes dispongan de tiempo suficiente para requerir tales ayudas, el Secretario de cualquiera de las Asociaciones podrá certificar la inscripción de sus respectivas ponencias, a solicitud de los correspondientes autores. 

La inscripción supone el pago de una matrícula, que se efectivizará en las mismas Jornadas de Pesos argentinos Cien ($ 100) para los asociados de las cuatro Asociaciones y para los docentes e investigadores de 35 años o menos y de Pesos Doscientos ($ 200) para los restantes inscriptos; en tanto que los estudiantes no deberán abonar suma alguna. La organización de las Jornadas proveerá información a los interesados acerca de alternativas de hospedaje en Mendoza. 

lunes, 13 de agosto de 2012

domingo, 12 de agosto de 2012

Diarios de domingo, mate, niños y sol


la mirada, la niñez - Feria Slaughterhouse 2012

- Ayer Paula Litvachky del CELS puso las cosas en claro "La tortura es más grave que las salidas de presos", acá en Perfil.

- Hoy se recomienda esta nota sobre el Servicio Penitenciario, acá, en La Nación. 

- Mariana Carbajal sobre "El largo camino hacia la justicia", acá en P12.

- Entrevista con Hermes Binner, acá en Perfil.

- Irina Hauser entrevista a Pablo Ferreyra sobre el juicio de Mariano Ferreyra, acá. 

- Nota sobre el libro de Pilar Arcidiácono, acá en La Nación.

- Mario Wainfeld sobre candidaturas con tonadas y casos que llegan a la Corte Suprema, por acá en P12.

-  Rodolfo Terragno da 20 consejos a la Presidenta, acá en Clarín. Algunos consejos para quien da consejos.

1. No dar consejos. Y nunca creer que uno puede dar consejos.
2. Especialmente, no dar consejos a Presidentas/es. No lo siguen. Sobre todo si eras aliado de un enemistado lider provincial llamado Eduardo D. después de ser un senador de un partido opositor y candidato presidencial. 
3. Dar consejos pero avisando que no hay que darlos ni seguirlos. Entrar en plena contradicción performativa (hacer lo que se está afirmando no queremos ni recomendamos hacer).
4. Ahora en serio: Las decisiones discrecionales no se pueden evitar. Toda decisión emanada por una estructura concentrada de poder es discresional, incluso cuando es consultada previamente. Si bien el problema es parcialmente cultural -formas de tomar decisiones- no se soluciona sin tocar las estructuras institucionales porque estas dan incentivos para no crear consensos horizontales sino verticales y por ende débiles.
5. Los datos del INDEC no son creíbles. Lo sabemos. Ahora, no se pueden pedir / dar datos irrefutables sino establecer un sistema institucional de datos a nivel nacional más creíble, racional y plural, donde todos la información sean elaborados para hacer políticas públicas en serio. El Instituto debería ser un espacio plural más allá de la puja política. A pesar de esto, ese cambio es tan cultural como institucional. Hay que eliminar los incentivos a la confrontación suicidad del sistema institucional. 
6. La división de poderes no está delimitada ni clara. Es más, la Reforma de 1994 dificultó la existencia de una División de Poderes al hacer al Presidente muchísimo más fuerte y constitucionalizar prácticas antes inconstitucionales como los diferentes tipos de decretos. O sea, hubo un error colectivo y un fracaso en hacer una reforma en serio en 1994 y fortalecieron todo lo peor del sistema dejándonos con Instituciones Placebos como -por mencionar una- el Defensor del Pueblo (que hace tres año no tiene nadie a cargo), un catálogo de Derechos muy lindo pero una estructura de poder más concentrada, más delegativa y siempre menos democrática. Como siempre digo, la reforma de 1994 fue la concreción de la Constitución de la Democracia Delegativa.

En fin. Ahora, sí, aconsejo -aunque ustedes saben ya con qué tono- disfrutar el domingo, a los niños y al sol siempre. Salú!!!

viernes, 10 de agosto de 2012

Presentación de Libro: Daniel Mendonca


Gárgola de Oxford - Oxfordshire 2011
El gran gran Daniel Mendonca, querido Profesor y amigo paraguayo hecho en tierras colombianas, con quien tuve el enorme pero dispar honor -él dio una clase magistral de Teoría del Derecho / Derecho Constitucional a partir de los "Les Luthiers" (!!) y yo una aburrida y tediosa conferencia recitando jurisprudencia norteamericana- de estar invitado como panelistas en la hermosa y queridísima Medellín hace poco acá ) presenta su nuevo libro el próximo Lunes. 


- "Intercontinental Editora y el Centro de Estudios Constitucionales tienen el agrado de invitar a Ud.(s) a la presentación del libro “APUNTES CONSTITUCIONALES. Una guía para el ciudadano”, de Daniel Mendonca.

El acto tendrá lugar en la Biblioteca del Centro Cultural de España “Juan de Salazar”, el día lunes 13 de
agosto, a las 19:00.

En la ocasión se referirá a la obra el Doctor Gustavo Bécker. Con los auspicios del Centro Cultural de España “Juan de Salazar”. Asunción, Agosto, 2012"


Lástima que no vamos a poder estar -al menos esta vez- pero veremos cuándo visitamos la bella Asunción pronto o esperamos a Daniel por acá, su buen humor y el mejor de los recuerdos lo esperan en su querida Buenos Aires. Abrazos, salud y más felicitaciones para Daniel y la gente querida en Paraguay!! Salú!!

PD: Finalmente, transcribimos parte de lo que escribiera José Luis Martí con motivo de la publicación del libro en el blog que tienen -junto a Pablo de Lora- Filodética, acá

"El jurista paraguayo Daniel Mendonca acaba de publicar un nuevo libro con el título Apuntes constitucionales: una guía para el ciudadano (Asunción: Intercontinental-Centro de Estudios Constitucionales, 2012), que constituye un manual claro, riguroso, y de fácil comprensión, dirigido a estudiantes del sistema constitucional paraguayo. En el prólogo que he escrito para esta obra, he calificado el libro de “brújula teórica” de los conocimientos constitucionales básicos en Paraguay, tomando prestada la expresión de un libro de otro amigo, Jeffrey Tulis. Y, utilizando un fragmento de una de las deliciosas cartas de Thomas Jefferson, llamaba la atención sobre la importancia de transmitir conocimientos políticos y jurídicos a la ciudadanía, de “ilustrar al pueblo” en definitiva, para que “la tiranía y los opresores de nuestros cuerpos y de nuestras almas se desvanecerán como se desvanecen los espíritus malignos al despuntar el alba”. 

En Paraguay, Daniel Mendonca es muy conocido por su labor como abogado, ejercida fundamentalmente en el prestigioso estudio de su familia. Pero en la academia internacional, hablar de Mendonca es hablar fundamentalmente de teoría del derecho. Es más, es hablar de teoría analítica y rigurosa del derecho. No es sólo anecdótico que en el famoso ranking elaborado por Pablo Navarro de las personas que mejor conocen en el mundo la ingeniería de Normative Systems de Alchourrón y Bulygin, Mendonca figure en los primeros puestos. Tanto es así, que incluso ha continuado la obra con uno de sus autores, escribiendo Normas y sistemas normativos (Madrid: Marcial Pons, 2005) junto a Eugenio Bulygin. Pero Mendonca realiza también una gran labor pedagógica y divulgativa. Baste mencionar libros como Las claves del derecho (Barcelona: Gedisa, 2000), Los secretos de la ética (Madrid: Tecnos, 2001), y Los derechos en juego (Madrid: Tecnos, 2003). Una aplicación central de esta faceta divulgativa y pedagógica ha tenido por objeto la idea de constitucionalismo, y en especial del constitucionalismo paraguayo. Así, ha publicado libros como Cómo hacer cosas con la Constitución. Una introducción al análisis constitucional (Asunción, 1999), La odisea constitucional. Constitución, teoría y método (Madrid: Marcial Pons, 2004), escrito junto al filósofo argentino Ricardo Guibourg, Análisis constitucional. Una introducción: cómo hacer cosas con la Constitución (Intercontinental, 2008), y ahora el antes mencionado Apuntes constitucionales, además de una Breve historia del constitucionalismo paraguayo: Del Estado independiente al Estado social de derecho (Asunción: Centro de Estudios Constitucionales, 2009), escrita junto a su padre Juan Carlos Mendonca. Pero tampoco es de esta faceta de la que quiero hablar aquí.

Lo que quiero poner de relieve en este post es una dimensión sin duda mucho más desconocida de Daniel Mendonca, o por lo menos desconocida internacionalmente, que son las significativas contribuciones que ha venido realizando al conocimiento y la divulgación de cuestiones básicas de justicia y democracia en Paraguay, y que sin duda contribuyen aún más a desvanecer esos espíritus malignos de los que hablaba más arriba, y que siempre atenazan la noche de nuestras democracias. Bastará con citar los seis libros más importantes que ha publicado en los últimos diez años a este respecto:

 • Infame condición. Democracia, pobreza, corrupción, Asunción, Paraguay: Servilibro-Centro de Publicaciones de la Universidad Católica Nuestra Señora de Asunción, 2002;

• La máquina de gobernar. Ingeniería constitucional y gobernabilidad democrática, Asunción: Intercontinental, 2004;

• Corrupción: Un estudio sobre la corrupción en el Paraguay, Asunción: Intercontinental, 2005;

• Pobres y desiguales. Notas sobre la pobreza y la desigualdad en Paraguay, Asunción: Intercontinental, 2007;

• Tortura. Represión y constitución, Asunción: Intercontinental-Centro de Estudios Constitucionales, 2009; y el más reciente de todos,

• Democracia vulnerable: Un estudio sobre el sistema político paraguayo, Asunción: Intercontinental-Centro de Estudios Constitucionales, 2010"(...)

"Daniel, me atrevo a proponerte que uno de tus próximos libros trate el problema del narcotráfico en América Latina y en Paraguay". José Luis Martí.

jueves, 9 de agosto de 2012

Fernando Vallone: Los límites de la declaración jurada


¿las patas tienen corrupción corta? - Street Art Baires 2010
Muy buena de Don Fernando Vallone "Los límites de la declaración jurada", en La Nación  acá y transcribimos.

Los límites de la declaración jurada.

El sistema de declaraciones juradas de bienes de funcionarios públicos es una estrategia de transparencia que, operando de forma aislada, resulta ineficaz. La herramienta consagrada en la ley de ética pública de 1999, que obliga a determinados funcionarios de alto rango a presentar anualmente su estado patrimonial, es sólo un buen gesto, pero resulta ineficiente para desalentar por sí solo el enriquecimiento ilícito.

Basta con observar que sólo en la ciudad de Buenos Aires habría alrededor de 25.000 propiedades inscriptas bajo el nombre de sociedades comerciales offshore, sin que se puedan conocer sus verdaderos dueños. O considerar que, según nuestro país (art. 21 del decreto 1344 98), existen en el mundo 88 paraísos fiscales que, al margen de ser funcionales a las elusiones impositivas, en su hermetismo resultan muy útiles para quienes pretenden ocultar dinero sucio. El abecé del protocolo de actuación del corrupto es no poner a su nombre los bienes mal habidos, utilizando a testaferros para esconder su patrimonio real.

En estos días en que se están conociendo las declaraciones juradas de altos funcionarios, empezando por la Presidenta, conviene recordar estas circunstancias que debilitan al sistema de declaraciones de bienes. Olvidarlo sería peligroso, porque podría paralizar nuevas acciones de transparencia. Y aquí peligran las buenas intenciones, ya que a las declaraciones se las podría interpretar como una forma de gatopardismo; es decir, una de esas batallas de cambio que, en los términos literarios de Giuseppe Tomasi di Lampedusa (autor de El Gatopardo), se libran para que todo siga como está.

La trampa de los testaferros, que resuena en la actualidad por el affaire que alcanza al vicepresidente de la Nación, está presente en casi todas las investigaciones de corrupción, como los casos Jaime, Schoklender, IBM-Banco Nación y Skanska.

En julio de 1998, momento en que se debatía en el Senado la ley que estableció el sistema de declaraciones juradas, el representante de Salta (Ulloa) advirtió: "Apoyo decididamente el régimen de declaraciones juradas; son necesarias. Pero no debemos engañarnos y creer que podemos descuidar todos los demás sistemas de contralor del Estado, sobre todo cuando sabemos que existen paraísos fiscales, cuentas numeradas, testaferros y toda una ingeniería para el ocultamiento".

Desde los organismos especializados no se querían ver aquellas debilidades y se exacerbaban los beneficios. En una publicación de 2004, la Oficina Anticorrupción concluía que el sistema es un fuerte incentivo para que los funcionarios públicos se mantengan dentro de la legalidad. Explicaba, en términos de racionalidad económica de las acciones, que ocultar el verdadero patrimonio designando testaferros y asesorándose contablemente para presentar una declaración jurada que no despertara sospechas aumentaría el costo de quien incurre en conductas ilícitas y eso reduciría el ingreso neto proveniente de los sobornos percibidos, lo que sería un factor desalentador. Pero es obvio que el costo de los usuales mecanismos de encubrimiento de lo robado suele ser ínfimo en proporción al botín.

También resulta obvio que se pueden lograr mayores resultados con un efectivo control sobre el patrimonio de un número limitado de funcionarios que sobre la inmensa cantidad de actos en los que intervienen los operadores de toda la burocracia estatal. De ahí la importancia de exigir métodos más eficaces que complementen al actual sistema de declaraciones juradas. La solución no es fácil, pero, ante todo, se debe comenzar por admitir las falencias de la actual herramienta y considerarla tan sólo como el primer filtro. Eso ya sería un logro, ya que inauguraría un ciclo de búsqueda de alternativas para complementarlo (también merecen un análisis especial las circunstancias que generan el déficit del sistema).

Al momento de evaluar nuevas propuestas de fiscalización, corresponde estudiar el engranaje del sistema impositivo, que también reposa sobre la base de declaraciones juradas. Una de las razones del éxito relativo de este mecanismo es que el circuito de manifestaciones de los contribuyentes se cierra con una interesante ingeniería de control sobre su veracidad, cada día más aceitada por los avances de la tecnología.

Vemos que al régimen de declaraciones juradas de los funcionarios, pese a comprender un universo mucho más limitado, omite esa segunda fase. Esa omisión puede explicar parte de su ineficacia.

Es precisamente en esa instancia de control en donde se confirman ciertos parámetros objetivos y cuantificables que establecen el real nivel de vida de una persona: consumos con tarjetas de crédito y débito, pago de cuotas de colegios privados, movimientos bancarios, viajes, etcétera.

Las oficinas de recaudación de impuestos acuden a esos indicadores y cotejan varias bases de datos para encontrar inconsistencias impositivas de los contribuyentes.

Por ejemplo, este año la AFIP descubrió irregularidades en 318 monotributistas, al detectar que habían viajado al exterior una cantidad de veces que no se correspondía con el nivel de ingresos que declaraban ante esa administración.

En el sistema de declaraciones juradas de los funcionarios, en cambio, no existe un control posterior material, por lo que se cierra la oportunidad de indagar en la rutina de consumos del funcionario y su grupo familiar para someterla a un control ciudadano. Se puede argüir que una iniciativa así avanzaría sobre la vida privada del funcionario. El argumento podría resultar admisible. Sin embargo, la razonabilidad del control se justifica por el menor umbral de expectativa de privacidad que poseen los servidores públicos. Tal como interpretó recientemente la Corte Interamericana de Derechos Humanos (caso Fontevecchia), los funcionarios "se exponen voluntariamente al escrutinio de la sociedad, lo cual los puede llevar a un mayor riesgo de sufrir afectaciones a su derecho a la vida privada".

Estas simples medidas de control llevarían al corrupto que se pretende preservar a operar en una marginalidad sofocante, aunque todavía le quedaría por explicar, por ejemplo, eventuales viajes al exterior (registrados por las bases de datos brindadas por la Dirección Nacional de Migraciones) que no estén al alcance de sus ingresos oficiales.

Acorralado, aquel funcionario sólo podrá optar por recurrir a una fachada de negocios para blanquear sus ingresos espurios y así intentar justificar su alto estilo de vida. Por todo esto, quedaría ahora sí mucho más expuesto a verse obligado a brindar explicaciones ante la sociedad y a caer en contradicciones.

A 13 años de establecida la estrategia de las declaraciones juradas, en materia de corrupción pública estamos en condiciones de exigir un verdadero cambio para que algo cambie. © La Nacion.

martes, 7 de agosto de 2012

Campaña de ONGs para cubrir vacante en STJ


La campaña es impulsada por ACIJ, CELS, CHA, ELA, FARN, REDI y la Unión de Usuarios y Consumidores, que reúne opiniones de legisladores de la ciudad, representantes del Consejo del Magistratura y de la sociedad civil, quienes explican su posición frente a la problemática.

El contexto de los reclamos 

La situación irregular en la que se encuentra el máximo Tribunal de la ciudad desde el año 2009 fue denunciada repetidas veces por nuestras organizaciones. Es relevante recordar que tras el frustrado intento de designar a la fiscal Daniela Ugolini en 2010 el Jefe de Gobierno no volvió a enviar nuevas postulaciones. En aquel momento, la candidata propuesta por el Ejecutivo no reunió los votos necesarios de los legisladores porteños para asumir el cargo, y terminó renunciado a su candidatura. A su vez, a través del Decreto 713/2010, el Poder Ejecutivo local derogó los mecanismos participativos que preveían un procedimiento público y transparente para la designación de los candidatos. En aquella oportunidad, varias organizaciones enviamos una carta al Jefe de Gobierno en la que solicitamos dejar sin efecto la medida.

La campaña 

Ante la falta de respuesta, en junio de este año ACIJ, CELS, CHA, ELA, FARN, REDI y la Unión de Usuarios y Consumidores, reiteramos el pedido al Jefe de Gobierno de que diera cumplimiento sin más demoras a su obligación constitucional de presentar a la Legislatura su propuesta de candidato/a. En el mismo comunicado, exhortamos también a la adopción de las medidas necesarias para garantizar un mecanismo transparente y participativo para la designación, como el que aseguraba el derogado Decreto 1620/03. A su vez, el 20 de julio enviamos una carta al Jefe de Gobierno solicitando una entrevista con el fin de expresarle nuestra preocupación por la demora en la propuesta. Los entrevistas que compartimos aquí reflejan la opinión de los distintos actores institucionales de la ciudad en relación a la vacancia del Tribunal Superior. Entre los entrevistados se encuentran legisladores porteños, integrantes del Consejo de la Magistratura de la Ciudad y representantes de organizaciones civiles. 

Los siguientes actores fueron contactados, pero por diversos motivos no pudieron ser entrevistados hasta el momento: María Eugenia Vidal (ViceJefa de Gobierno), Horacio Rodriguez Larreta (Jefe de Gabiente), Guillermo Montenegro (Min de Justicia y Seguridad), Alicia Pierini (Defensora del Pueblo), Mario Jaime Kestelboim (Defensor General de la CABA), Germán Garavano (Fiscal General de la CABA), Laura Musa (AGT), Alejandro García (Legislador – PRO), Francisco Quintana (Legislador – PRO), Juan Carlos Dante Gullo (Legislador – FPV), Jorge Garayalde (Legislador – PRO), Alejandro Amor (Legislador – FPV), Juan Cabandié (Legislador – FPV), Daniel Fábregas (Consejero – Consejo de la Magistratura), , Dra. Alejandra Petrella (Jueza/Consejera – Consejo de la Magistratura), Gustavo Adolfo Letner (Consejero – Consejo de la Magistratura), José Osvaldo Casás (Integrante TSJ), Ana María Conde (Integrante TSJ), Luis Francisco Lozano (Integrante TSJ), Alicia Ruiz (Integrante TSJ), Marcelo Vázquez (Juez Cámara PCyF) 

Más información, acá.

lunes, 6 de agosto de 2012

Julián Axat: La Parca de "Juguito"


p de pan, de pobreza, de parca, de padre - Baires 2010
Siempre pero siempre hay que leer a Julián Axat, acá en P12 y transcribimos.

La Parca de "Juguito":


El 1º de agosto, el cabo bonaerense Daniel Mannarino, de 46 años, ejecutó por la espalda a Maximiliano De León, alias “Juguito”. Juguito tenía 14 años. Con motivo de mi función, lo conocí varias veces. Varias caídas. Todas por desencuentros policiales y presuntos robos. Se trataba de un pibe para el que, como para tantos otros, la calle (eso me decía él) se presentaba como lugar seguro, espacio para jugarse la vida, para descubrir, para acceder a la urgencia de todo lo prohibido. Un tipo de supervivencia que pocos entienden o del que se alejan por desinterés. El “circuito de la muerte” era conocido por Juguito.

El “circuito” comienza cuando la cana sospecha de vos, cuando te mira mal, cuando te ve pasar jalando o pidiendo, o con actitud extraña, o arrebatando. Juguito no andaba “calzado”, porque ése no era su estilo. Por eso se ligaba palizas en cada caída policial, por eso era derivado a paradores de niñez donde nadie lo contenía o, acaso, hacia un seguimiento sobre su vida. De inmediato, Juguito salía a la calle, y volvía a la comisaría una y otra vez, en el “circuito” donde al final no hay una luz, sino el rostro negro de la Parca.

Juguito buscaba ser rehabilitado. El expediente asistencial dictaminaba internación, pero las clínicas y comunidades terapéuticas que a la provincia le salen diez mil pesos por mes, no le daban un cupo. Por eso seguía en la calle. Alguna vez que estuvo muy pasado, terminó –como A. D.– en el Hospital de Niños. También como A. D., se escapó a los pocos días, pues, en el “circuito”, la respuesta nunca llega.

Qué había al final del “circuito”. Un destino sellado que es el que todos los pibes como Juguito tienen –kafkianamente– asignado. Por mera burocratización de mediatos asesinos de escritorio que hablan de una infancia retórica y arman y son mentores del “circuito” autogobernado; pronto aparece la noche. La Parca que había visto Juguito.

 La versión policial del asesinato de Juguito dice que fue en Villa Elvira, en la madrugada del día martes, cerca de las 6. Habría intentado entrar a robar junto a otros dos pibes en la casa de un policía administrativo. Los tres habrían trepado al primer piso donde dormía el policía, quien al escuchar un ruido agarra su nueve milímetros, se asoma y –según sus dichos, que coinciden con los de ministerio al que pertenece– recibe una detonación, por lo que dispara seis tiros contra la humanidad de los tres a la carrera.

Dos de ellos se escapan. Juguito recibe un impacto en la espalda. Cae y muere a los pocos minutos. La Parca al final del “circuito”.

La versión del expediente, que es la versión policial, dice que el revólver calibre 22 que le encuentran a Juguito en su mano, tiene efectuado un disparo. Lo cierto es que no está el plomo percutado. En rigor, tenía uno sin percutar y una vaina percutada. Lo cierto es que no se puede calcular el tiempo exacto en el que se percutó tal vaina. Ese disparo pudo ser bastante anterior y no haber existido enfrentamiento alguno, tal como sostiene el cabo Mannarino. Seis disparos contra uno. Y sin resultados de dermotest o de pericia de rastros de los impactos, el policía obtiene la libertad con la gracia inmediata de cierta justicia... En la provincia de Buenos Aires, la línea delgada que separa una ejecución sumaria de un enfrentamiento la decide una declaración desincriminatoria policial. Y la Justicia, compra. 

Hasta el hartazgo se sostiene que, en esta provincia, los pibes están librados a su suerte, sólo hay que esperar que ingresen al “circuito”. Toda juventud perteneciente a los márgenes es sospechosa y puede ser ejecutada por la espalda (como Lautaro Bugatto, como Franco Almirón, Mauricio Ramos, y tantos otros). No quiero ser conspirativo, pero la eliminación se produce por dos mecanismos funcionando a la vez (llamémosla tanatopolítica efebológica): una política social de la niñez vaciada que abandona y deja a la presa en bandeja, y otra que se prepara para el sacrificio por autogobierno policial, la secta que mata y encubre.-        

Julián Axat es Defensor Penal Juvenil de la Plata.- 

viernes, 3 de agosto de 2012

V Congreso Derecho y Economía: Edmund Phelps / Michael Phelps (!?)



¿ Michael E. Phelps Premio Nobel en Economía ? ¿ Edmund Phelps recordman, nadador y multimedallista olímpico ? ¿O era al revés?

jueves, 2 de agosto de 2012

Justicia sin castigo


ciega por las injusticias - Feria Slaughterhause 2012
Nota de Diana Cohen Agrest sobre Castigo, (in)justicia y retribucionismo, acá. Cabe comentar que la autora, aunque habitual columnistas, después de un hecho muy trágico a nivel personal empezó a escribir varios artículos en LN sobre Justicia como un tema por lo que cabe leer para (intentar) entender desde qué lugar se escribe: el dolor por la pérdida de su hijo, acá. Acá están todas las notas y resaltan estas dos "El caballo de troya de la justicia" y "El desamparo de las víctimas".

Obviamente se respeta el sufrir de la perdida y uno debe hacer un esfuerzo para entender, con los límites que tiene la empatía humana y lo indecible del dolor ajeno, porqué se escribe lo que se escribe. En contraste, es la convicción razonada y justificada la que hace pensar que ciertas respuestas son contraproducentes y generan más dolor injustificado tanto a nivel social como individual.

Transcribimos y (más tarde) comentamos más abajo.

Los permisos para que los presos tengan salidas transitorias

Si no hay castigo, no hay justicia
Por Diana Cohen Agrest | Para LA NACION

Desde siempre, las sociedades humanas presentan constantes naturales: todas reprueban social y penalmente el quebrantamiento de las normas. Desertor de los valores que sostienen el entramado social, el delincuente es aquel que transgrede la ley positiva históricamente situada. De allí que salvo condiciones excepcionales -guerras y revoluciones-, la protección ante la delincuencia es la intervención de la ley positiva en una dimensión moral que se puede calificar de universal: no provocar el sufrimiento del otro.

Dicha interdicción se instauró tras el reconocimiento de que el delito es consustancial a la condición humana: no es por azar que el relato del Génesis, tras narrar la expulsión del Paraíso, prosiga con el crimen inaugural de Caín perpetrado contra su hermano Abel. Según la narración bíblica, un Dios omnipotente castigó al victimario con una marca en su frente, estigma que lo preservaría del castigo humano y que acompañaría el derrotero existencial de Caín.

Antes de la celebración del hipotético pacto que fundó la sociedad civil, los particulares vengaban por su propia mano la afrenta sufrida: el hombre se cobraba el mal perpetrado por otro hombre. Con el devenir de la historia, esa oportunidad le fue arrebatada a la víctima y fue delegada en los poderes públicos -eclesiásticos y luego civiles-. Manos humanas que, en la Argentina que nos duele, las más de las veces son ajenas al dolor de la pérdida e indiferentes a la escisión definitiva e irreparable instaurada por la muerte de quien amamos.

En una interpretación disparatada de la Constitución Nacional, hoy asistimos a la propuesta (sin duda, innovadora en el mundo, también en esto somos "los primeros") de que los presos gocen de salidas transitorias "culturales" con el fin de "militar" (paradoja del lenguaje, pues si hay una palabra que carga en el imaginario social con una suerte de pecado de origen es esta expresión hoy sintomáticamente resignificada). Además de los intereses en juego, este empoderamiento del delincuente invierte el orden simbólico y, en un mecanismo de admiración inconsciente, celebra al victimario, quien es, al fin de cuentas, el ganador que "pudo" con la víctima, mientras que la víctima es el fracasado. Porque es mejor identificarse con el triunfador, quien se animó a hacer -y triunfó en su "ejecución" (¡otra paradoja!) de un acto que, según parece, anida como deseo en el inconsciente de muchos.

Los ideales que sustentan la laxitud normativa -rebajados a una presunta rehabilitación del convicto- son desmentidos por el alto porcentaje de reincidencias. Por supuesto, si por "rehabilitación" se entiende "resocialización", esto es, la oportunidad de volver a vivir en el seno de la sociedad y de continuar delinquiendo, esa asimilación semántica implicaría que la "resocialización" y el vivir del delito no serían mutuamente excluyentes, lo que se da de hecho en las políticas vigentes de excarcelación de delincuentes. Fundándose en una teoría agnóstica del castigo que parte de la premisa de la ineficacia punitiva, en particular, de la pena privativa de libertad, se alega que la excarcelación es una de las vías propiciadas para descomprimir las lamentables condiciones de la realidad penitenciaria. Pero es una inconsecuencia lógica argumentar que porque las penas no disuaden del delito, deberíamos eliminarlas (porque las penas alternativas son un eufemismo, no son penas).

Esta inconsecuencia descarta otra posibilidad: mejorar el sistema carcelario y, fundamentalmente, en los casos de delitos en contra de la vida o de la integridad de las personas, imponer penas proporcionales a ese delito. El experto canadiense en seguridad Irvin Waller, en una nota publicada en LA NACION, señalaba que "en Bogotá se logró reducir fuertemente la tasa de homicidios en un plan que fue mantenido por tres alcaldes. Primero es necesario el diagnóstico. Y ése no es un tema de la policía porque se necesita una planificación general del Estado para dar respuestas efectivas. Allí se focalizó, al principio, en el control de las armas de fuego, el acceso al alcohol y las condiciones de vida en los barrios de mayor violencia, además de luchar fuertemente contra los crímenes de venganzas de sicarios y proteger a las víctimas de delitos. Los resultados muestran que el éxito es posible". Sin una férrea voluntad política de luchar contra el crimen cotidiano y una transformación de las causas sociales que lo cobijan es imposible recuperar el tejido comunitario. Ese es el desafío que nos espera como sociedad.

Quienes persisten en seguir modelos noruegos o finlandeses, sin embargo, descartan una segunda dimensión del castigo, la retributiva. En las páginas de Sobre la justificación moral del castigo , Eduardo Rabossi declaraba que mientras quienes defienden el poder de disuasión de la pena afirman que se castiga para disuadir al delincuente o a otros de continuar delinquiendo, en cambio, quienes defienden la tesis retribucionista sostienen que el castigo en general se justifica porque el ofensor cometió un delito. El castigo es entonces el resultado de aplicar una norma en la que se estipula una pena para cierta clase de actos, y aplica dicho castigo a un caso particular. Pero allí se hace una distinción entre el legislador y el juez. Si se toma en cuenta la ley penal, "cuando el legislador establece que determinado tipo de acciones deben ser penadas con tal o cual castigo, mira hacia el futuro y si tiene presente hechos pasados, sólo es como motivación de su proceder". En cambio, concluye Rabossi, cuando el juez aplica una sanción mira hacia el pasado, porque "lo que le interesa es determinar la culpabilidad efectiva del supuesto ofensor", y si mira hacia el futuro, por ejemplo al efecto reformador que pueda tener la pena, "sólo es como algo derivado de su culpabilidad". En lugar de sacrificar uno de los dos criterios sancionatorios clásicos, ambos se reconcilian en el justo castigo.

De la Justicia pública siempre se esperó, cuando menos, que el mal cometido nunca llegara a ser conmutado. Jamás se espera que repare aquel mal intrínsecamente irreparable (el homicidio o la violación no son condiciones que puedan remediarse), ni tampoco se espera que cometa un nuevo mal (tal como sería la tortura).

Sin embargo, la Justicia pública desprecia la lógica retributiva que gobierna todas las otras actividades humanas: la retribución se ejerce tanto en la economía basada en la noción de intercambio como en la política fraguada en las lealtades y hasta en el intercambio cotidiano de regalos o favores. Pero suele ser descartada en la ejecución de la pena cuando se exonera al victimario de su cumplimento. Demonizando cualquier atisbo de un presunto "afán vindicativo", se contradice esa lógica inherente a la condición humana, conmutando la pena y, en el mismo gesto, burlando la buena fe de las víctimas sobrevivientes que han renunciado a devolver personalmente un mal con otro mal. 

Cuando el Estado expropia la venganza, se compromete a sustituir su función primordial. Si ese compromiso no se cumple, el Estado es un Leviatán que destruye los lazos comunitarios una y otra vez desgarrados por el dolor de una impunidad que, en el mejor de los casos, nutre el sentimiento de impotencia, y en el peor, el horror del resentimiento. Ese mismo Estado omnipresente en la persecución de los ciudadanos es ejecutor, por omisión, de esas miles de vidas expropiadas por un sistema inerme que no cuidó de lo más valioso y, frente al dolor de lo irreparable, responde con la negación, el silencio y el olvido. 

El filósofo Paul Ricoeur señalaba una rigurosa sucesión de conexiones: donde hay normas sociales, decía, "hay posibilidad de infracción; donde hay infracción existe lo punible, ya que el castigo tiende a restaurar la ley al negar simbólica y efectivamente el daño cometido en detrimento del otro, la víctima. Si el perdón fuera posible a este nivel, consistiría en levantar la sanción punitiva, en no castigar allí donde se puede y se debe castigar. Esto es imposible directamente, pues el perdón crea impunidad". 

Donde no hay castigo, no hay orden simbólico y donde no hay orden simbólico, no hay justicia. Como una impostora, se instaura una injusticia alentada por los mismos que nos prometieron otra historia. Esa historia que hoy se inscribe en el borramiento del mal cometido, en la exaltación de la transgresión, en el aniquilamiento de los valores más elementales, en un vaciamiento del entramado simbólico que sostiene el entramado social.-

☛ A ver. Alguna notas sobre el texto:

1. Lo primero que hay que decir es que puede haber reproche sin castigo, reproche sin prisión y reproche sin dolor.
2. La idea del reproche puede ser más civilizada que el retribucionismo del dolor y del castigo como justicia. 
3. Quizás perdonar no es igual a dejar impune ningún hecho. Quizás el perdón puede llevarse de la mano con reprochar sin castigar y eso no implique olvidar. Reprocho dolo o culpa, pero no castigo con dolor. Perdono pero no olvido. Quizás reprochar sin castigar y perdonar después de reprochar (simbólica o fácticamente) pueda ser una vía de reconociliar esos planos para no caer en el retribucionismo del dolor, de la pena y del castigo inhumano que es la cárcel.
4. Sin duda, las cárceles generan y generarán -mientras sigan así o directamente sigan- más y más dolor, adentro y afuera de la misma cárcel. Por eso, aunque suene contraintuitivo para muchxs, pedir, reclamar más cárceles es reproducir y aumentar la situación actual.