viernes, 30 de diciembre de 2011

Cinco simples razones para el #NoaLaLeyAntiterrorista


Protesta es conciencia - Stencil Bs.As 2009.
Salimos en la Radio hablando sobre La Ley AntiTerrorista y entonces hice un punteo rápido y simple de las razones para criticarla, para decir #NoaLaLeyAntiterrorista 

- Las incorporaciones de la Ley, con sus ambiguedades y contradicciones, abre de forma peligrosa la posibilidad de criminalizar la protesta social bajo el manto de indeterminados y supuestos actos que pretendan obtener una acción o omisión de autoridades nacionales y otras entidades internacionales. Razón Política.
- Ningún gobierno, ni siquiera el más débil de los gobiernos o la nada menor mayoría legislativa, debería dar como -intento de- razón la frase: lo pide/pidió el GAFI. Podríamos recordar esas frases con el Riesgo País, el FMI, el Banco Mundial, Anooph Signh y/o Rodrigo Rato. Malos recuerdos. Razón política.

- Se debe defender el derecho a la protesta, tanto política, legal como socialmente. El derecho a la protesta como derecho a construir otros derechos a través de las expresiones de los movimientos sociales y reclamos pacíficos de sectores plurales y diversos. Recordad: Los derechos se construyen colectivamente en la conciencia social por la lucha de los derechos. No existirían derechos laborales/sociales para amplias mayorías -y hasta para las mayorías precarizadas y excluidas- sin el Derecho a Huelga y otros mecanismos sociales/legales de creación y protección pacífica de derechos. Véase la historia de los procesos de liberación nacional, los derechos civiles de los afroamericanos o los derechos de las mujeres, entre otros casos. La protesta genera una cultura de creación y protección social. Razón Político-Legal.

- La Ley 26.734 con su incorporación del Art. 41 quinquies al Código Penal, o sea, el corazón de la Ley Antiterrorista, viola las garantías en contra de los tipos penales abiertos establecidas en la Constitución y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos. Razón legal.

- Más allá de la aclaración Las agravantes previstas en este artículo no se aplicarán cuando el o los hechos de que se traten tuvieren lugar en ocasión del ejercicio de derechos humanos y/o sociales o de cualquier otro derecho constitucional.No se puede esperar que dicha aclaración -por más redudante- evite el uso y abuso de la figura penal de parte del Poder Judicial. Si bien la historia de la criminalización no es nueva, esta Ley ayuda a generar, no reduce, las posibilidades de criminalizar las protestas sociales. Razón Legal Práctica o Judicial.

* Enumeración no taxativa ni jerárquica.

La única forma de derogar una ley antidemocrática es con más democracia. La única forma de derogar la ley AntiTerrorista será a través de más movilizaciones, más reclamos, más protestas desde abajo, horizontales, inclusivas, lo más transversales y multipartidarias, sindicatos y universidades, obrerxs y estudiantes, agrupaciones partidarias y ongs, foros y movimientos sociales de base, asociaciones y colectivos políticos, etc. De las instituciones judiciales y políticas, sin ese control ascendente y sin esa presencia activa, no esperemos mucho.

6 comentarios:

  1. Muy bueno Lucas.
    Todas aquellas variables de la democracia que pueden y deben ser utilizadas para derogar leyes antidemocráticas, sería bueno también que se utilicen para exigir un Poder Judicial más eficiente e independiente, más alejado de los intereses de los poderes políticos y económicos, y más cercano al pueblo y sus derechos.
    Lo más cercano que estuvimos de ello paso en el 2001, cuando las organizaciones hicieron foco en la mayoría automática de la Corte, acorralándolas con protestas.

    No podemos admitir, por default, que el Poder Judicial de antemano no se plante ante estos atropellos legislativos, y hasta sea aliado de esas estrategias represivas.

    Ese punto me parece muy grave. Por eso desvio tu propuesta hacía exigir un reclamo orientado a ese departamento del estado, cada día más sometido, para que sea digno y aprenda a resistir, impugnar o desoír productos legislativos que, de manera evidente, no provienen de los intereses del pueblo, sino de las minorías elitistas que pretenden continuar con su sometimiento.

    Abrazo.
    Fernando Vallone

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  2. no se, pero no podría llegar a la corte suprema algún caso rápido para declarar inconstitucional la ley, si es tan indefendible e insostenible como todo parece ser, porque no vi ni un defensor de la ley salvo los funcionarios...

    saludos... mari

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  3. Uh, grande Fernando! Obvio que lxs Jueces que le hacen el honor a la Justicia podemos contar para tirar abajo esta ley. También para lxs remolones se podría poner un poco de presión académica y política. Más allá de mi esceptisismo, todas las acciones político-judiciales son bienvenidas.

    Dejo de lado la discusión por la independencia. Muy pronto polemizaremos por ahí!! Abrazo y salute para vos Fer.

    Gracias PP!!

    Rápido, lo que se entiende rápido, dudo que llegue, y también dudo que la Corte rápida -o quizás lentamente- lo haga. Mejor la vía política. Si se suman la Corte, también.

    Sigamos y salutes. Feliz añoooo!!
    L

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  4. Me encantó lo que escribiste y cómolo hiciste, simple y claro, muy claro acerca del por qué NO a esa ley. Ojalá muchos te lean.
    Muy bueno el blog.
    V.

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Nexos

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